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La Audiencia de Palma ha absuelto del delito de estafa a todos los acusados en el 'caso Royaltur', Simó Galmés, Antonio Mascaró, Juan Bautista Llorens y Juan Piguillem, y a la Banca March, Inmobiliaria Alcazar y Geinsa, a éstas últimas, de la responsabilidad civil reclamada en su contra por el empresario Jaume Moll, ex propietario de esa cadena hotelera mallorquina.

En la sentencia hecha pública ayer, de la que fue ponente el magistrado Juan Pedro Yllanes, se impone el pago de las costas a Moll por la «contundente temeridad de la pretensión condenatoria».

En el juicio celebrado la primera semana del pasado mes de septiembre en la Sección Segunda de la Audiencia de Palma, sólo la acusación particular mantuvo su petición de penas de cárcel, ya que el Ministerio Fiscal solicitaba la libre absolución de los acusados al no apreciar la comisión de delito alguno.

Moll y su familia alegaron que habían sido objeto de un «expolio», según lo definieron, por parte de los acusados en 1993, que les indujeron a desprenderse con un precio «a la baja» de un 'holding' hotelero (12 establecimientos y 9.000 camas) valorado en más de 36.000 millones de pesetas acuciados por deudas que superaban los 7.000 millones de pesetas. Todo ello, «aprovechando el difícil momento que en esos momentos padecía la economía mundial y la supuesta promesa de futuras inversiones en la mercantil Royal Resort».

No obstante, la sentencia recuerda que el Grupo Moll estaba en esos años en situación de insolvencia y expuesta a un «descalabro financiero», en una situación crítica y sólo sostenible «por pocos meses». Los Moll necesitaban liquidez de forma urgente y ni siquiera los intentos por vender la «joya de la corona» del Grupo, el complejo Royal Mediterráneo de Sa Coma por 5.000 millones de pesetas prosperaron, ya que no se encontró comprador. El argumento de Moll en el juicio, basado en su amistad «entrañable» con alguno de los acusados como el principal motivo que le indujo a aceptar las condiciones para ceder la mayoría de sus acciones, también es rebatido con contundencia por el tribunal. «De ahí a afirmar que fue el acusado al que aludimos el que movió la voluntad del querellante para arriesgar su patrimonio, media un abismo, vacío de cualquier contenido probatorio», señala la sentencia.

Y añade: «Debemos poner de manifiesto que, aceptando que Jaime Moll es un empresario que se hizo a sí mismo, hay dos cualidades que no se pueden predicar de él, que son las de ser un ingenuo o un incauto».

La sentencia, asimismo, destaca la «convicción absoluta» de que «nunca hubo concierto anterior o coetáneo de los cuatro acusados para apoderarse del patrimonio» de la sociedad Royal Resort, y con respecto al delito de estafa señala que «exige que haya una verdadera acción engañosa, precedente o concurrente, con ánimo de lucro y suficiente para provocar un error en el sujeto pasivo que impulsara al mismo a realizar un acto que le perjudicara a él (Jaume Moll)».

Moll y los restantes acusadores «conocían las consecuencias del contrato que celebraban y dieron su consentimiento de forma consciente y libre», detalla la sentencia. Subraya que la finalidad pretendida por la Banca March al celebrar el contrato era la de «sustituir» a un deudor que carecía de capacidad económica para atender a sus «milmillonarias deudas» por otros, Inmobiliaria Alcázar y Geinsa, que atendieron «cumplidamente los compromisos adquiridos», propósito que «nada tiene de delictivo», señala la sentencia.