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EUROPA PRESS-PALMA
El juzgado de lo mercantil número uno de Palma ha condenado a Iberia a pagar 250 euros a una familia como compensación por la cancelación de un vuelo Palma-Valladolid, pero ha rechazado la indemnización añadida de 640 euros que exigían los demandantes por los daños morales causados a un bebé por esta decisión «injustificada» de la aerolínea.

Los hechos sucedieron el pasado 30 de julio de 2005, cuando esta familia, compuesta por cinco miembros (uno de ellos un bebé de dos meses), iban a viajar en un vuelo de Iberia de Palma a Valladolid, pero se canceló el trayecto alegando la aerolínea una decisión de Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) por saturación del tráfico aéreo.

Iberia embarcó al día siguiente a los afectados en un vuelo que les transportó a Madrid, ofreciéndoles la conexión terrestre con Valladolid en vehículo de alquiler que, según los demandantes, carecía de las medidas de seguridad reglamentarias para el transporte de niños (asientos homologados), un supuesto que la jueza no ha tenido en cuenta al no presentarse las pruebas que lo atestigüen.