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Desde el levantamiento de la moratoria de pozos, hace un año, en Mallorca se han solicitado 957 autorizaciones y 35 concesiones de extracciones de agua, según datos aportados por la Conselleria de Medi Ambient. La diferencia entre unas y otras radica en que las autorizaciones sólo permiten extracciones inferiores a 7.000 metros cúbicos anuales con una vigencia de un año prorrogable durante seis meses, mientras que las concesiones pueden superar esas 7 toneladas anuales.

De las 957 solicitudes de autorización, 812 corresponden a viviendas unifamiliares en suelo rústico, mientras que las 145 restantes piden un regadío agrícola. De las 35 peticiones de concesión, de momento sólo se han resuelto tres: dos para regadío y una para abastecimiento de una comunidad de propietarios.

La gran diferencia en el número de solicitudes para autorización o concesión tiene una explicación. Normalmente, el interesado pide de forma inicial una autorización porque su procedimiento permite comprobar si existe un caudal suficiente de agua para sus necesidades. Una vez comprobado que es así, el interesado solicitará una concesión, que permite una mayor extracción sin el límite de un año prorrogable durante seis meses. Es decir, la verdadera intención de los casi mil solicitantes de una autorización es tramitar posteriormente y conseguir finalmente una concesión.

La moratoria de pozos en 15 de los 21 acuíferos de Mallorca fue ordenada en el año 2000, en plena sequía, con Margalida Rosselló como consellera de Medi Ambient del Govern del Pacte de Progrés. El objetivo de la medida era no extraer más recursos hídricos en esos acuíferos ante el riesgo de salinizarlos o dificultar su recuperación por sobreexplotación.

En 2003, esa medida fue flexibilizada y se permitió la perforación de nuevos pozos, siempre y cuando el volumen de extracciones en el acuífero correspondiente no se incrementase. Así, si un ayuntamiento compraba agua a pozos particulares podía iniciar otras perforaciones si dejaba de adquirir los recursos de los primeros. Por otro lado, los derechos sobre un determinado volumen de agua se podían repartir entre vecinos, a través de una comunidad de usuarios, si las extracciones autorizadas sobrepasaban las necesidades del concesionario del pozo. También se permitía la utilización de aguas subterráneas saladas para sustituir, sobre todo en usos recreativos, la de recursos potables.