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El Plan Territorial de Mallorca mantiene la posibilidad de construir viviendas unifamiliares en suelo rústico, cuestión prohibida en algunas comunidades autónomas, pero no de cualquier manera. El texto definitivo elaborado por el Consell, que ya ha sido remitido a la Demarcación de Costas para que emita el informe preceptivo, incluye una serie de disposiciones que deberán cumplir los futuros propietarios de las viviendas y, por lo tanto, los arquitectos encargados de realizar el proyecto.

El Plan Territorial marca desde el volumen máximo de la vivienda al color que deberán tener las fachadas de las viviendas, con el fin de preservar la tipología constructiva propia de cada una de las zonas donde se construya la vivienda. Entre las regulaciones que incluye el Plan Territorial se encuentra el volumen máximo de la vivienda, que no podrá superar el dos por ciento del tamaño total de la parcela.

Los edificios no podrán tener más de dos alturas, que en ningún caso deberán superar en total los ocho metros. En las áreas de especial protección, el Consell sólo permite realizar viviendas de una sola planta con una altura máxima de cinco metros.

También se establecen condiciones para la construcción de los porches, que no podrán superar el 20 por ciento de la superficie de las fachadas de la edificación. La cubierta de los edificios deberá ser inclinada, de teja árabe, aunque se permite otro tipo de cubiertas tradicionales en cuerpos y elementos complementarios siempre que éstas no superen el 20 por ciento de la superficie ocupada total. Esta disposición afecta, por ejemplo, a las terrazas.