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Conocer a fondo las causas que originan un problema es siempre la mejor forma de llegar a acabar con el mismo. Y en el caso de los incendios forestales es necesario para ello atender a unos datos realmente inquietantes. El 61,8% de los incendios declarados en España entre los años 1994 y 2003 fueron intencionados, de dar por bueno el informe del Ministerio de Medio Ambiente. También procedente de dicho Ministerio llega la información que establece que nueve de cada diez incendios son causados por el hombre, si incluimos aquí, además de los intencionados, los que se producen como consecuencia de una acción negligente. Aun admitiendo que no siempre se llega a conocer la causa exacta que ha originado un incendio, los datos inducen a una reflexión inmediata.

Bien está que se haga todo lo posible en materia de prevención de los incendios que devastan nuestros bosques, pero ello no es suficiente, como lamentablemente tenemos ocasión de comprobar anualmente con la llegada del verano. Es preciso incidir en las medidas legales propias de la cuestión. En primer lugar, hay que tener en cuenta que provocar un incendio es en nuestra legislación un delito que puede ser penado con hasta 20 años de prisión; lo que ocurre es que las correspondientes fiscalías que persiguen dicho delito no se puede decir que se «apliquen» a fondo en la materia, hasta el punto de que los infractores de la ley en este aspecto raramente llegan ni siquiera a ser juzgados.

La «tolerancia cero» con estos delincuentes que estos días ha preconizado la ministra Cristina Narbona parece un buen principio para situar el problema en su auténtica dimensión. Ello, y otro tipo de disposiciones legales, como el que la Ley de Montes prohíba cambiar el uso del suelo forestal quemado durante 30 años para así evitar una futura especulación, también puede contribuir a resolver un muy serio problema que, insistimos, no se resuelve tan sólo con una sensata prevención y el recurso a medios estrictamente técnicos.