Conocer a fondo las causas que originan un problema es siempre
la mejor forma de llegar a acabar con el mismo. Y en el caso de los
incendios forestales es necesario para ello atender a unos datos
realmente inquietantes. El 61,8% de los incendios declarados en
España entre los años 1994 y 2003 fueron intencionados, de dar por
bueno el informe del Ministerio de Medio Ambiente. También
procedente de dicho Ministerio llega la información que establece
que nueve de cada diez incendios son causados por el hombre, si
incluimos aquí, además de los intencionados, los que se producen
como consecuencia de una acción negligente. Aun admitiendo que no
siempre se llega a conocer la causa exacta que ha originado un
incendio, los datos inducen a una reflexión inmediata.
Bien está que se haga todo lo posible en materia de prevención
de los incendios que devastan nuestros bosques, pero ello no es
suficiente, como lamentablemente tenemos ocasión de comprobar
anualmente con la llegada del verano. Es preciso incidir en las
medidas legales propias de la cuestión. En primer lugar, hay que
tener en cuenta que provocar un incendio es en nuestra legislación
un delito que puede ser penado con hasta 20 años de prisión; lo que
ocurre es que las correspondientes fiscalías que persiguen dicho
delito no se puede decir que se «apliquen» a fondo en la materia,
hasta el punto de que los infractores de la ley en este aspecto
raramente llegan ni siquiera a ser juzgados.
La «tolerancia cero» con estos delincuentes que estos días ha
preconizado la ministra Cristina Narbona parece un buen principio
para situar el problema en su auténtica dimensión. Ello, y otro
tipo de disposiciones legales, como el que la Ley de Montes prohíba
cambiar el uso del suelo forestal quemado durante 30 años para así
evitar una futura especulación, también puede contribuir a resolver
un muy serio problema que, insistimos, no se resuelve tan sólo con
una sensata prevención y el recurso a medios estrictamente
técnicos.
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