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Los magistrados de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) desestimaron un recurso presentado por el empresario F.B.F en contra de una sanción de 15.000 euros (unos 2,5 millones de pesetas) impuesta en 1998 por la Conselleria de Sanitat i Consum, que detectó carne bovina destinada al consumo humano contaminada con clenbuterol. El 28 de julio de 1998, un veterinario de Consum recogió en el matadero Prodisma diversas muestras de pelo de reses bovinas pertenecientes al recurrente, dentro del plan aleatorio para la detección de posibles casos de contaminación de la carne destinada al consumo por productos beta-agonistas, entre los que se encuentra el clenbuterol, «de notoria presencia en multitud de casos de fraude y peligro para la salud humana», según señala la sentencia.

La muestra recogida comprobó la existencia de una alta concentración de clenbuterol en las reses, por lo cual, la inspección se centró en el resto de reses de la explotación pecuaria cuestionada. El empresario, defendido por el abogado Fernando Trujillo, alegó ante el TSJB que se habían registrado «diversas infracciones» en el primer acto de toma de muestras, porque «no estaba presente el titular de la empresa o un dependiente». La Sala rechazó esa tesis por cuanto «las circunstancias de la toma han de ser idóneas para proteger al consumidor, y por ello, no se pueden realizar con preaviso ya que anularía o mermaría su eficacia».

El recurrente también impugnó el método empleado para la detección de clenbuterol en las reses afectadas.