La política de la Conselleria de Medi Ambient ha sido muy contestada por los propietarios de fincas rústicas.

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El Govern balear renunciará al derecho de tanteo y retracto de las fincas de una superficie inferior a 25 hectáreas, según establece el artículo 48 del proyecto de Ley de Protección de Biodiversidad, aprobado la semana pasada en Consell de Govern. Con esta medida, que contraviene la normativa estatal, la Conselleria de Medi Ambient pretende desactivar la oposición de los propietarios de fincas que sean incluidas dentro de parques naturales u otras figuras de protección medioambiental.

En el texto del proyecto de ley, pendiente todavía de tramitación parlamentaria y que puede ser consultado en la web del Govern balear, se establece que: «El derecho de tanteo y retracto se limita con carácter general a fincas que por su superficie garantizan una suficiente conservación por si mismas o que puedan ser agregadas en otras fincas públicas existentes. Con carácter general, la unidad mínima para poder ejercerse este derecho se fija en 25 hectáreas».

El texto contempla como excepción a esta regla las fincas que puedan ser agregadas en fincas públicas dentro del espacio natural protegido o para proteger elementos especialmente valiosos. En estos casos establece el texto del proyecto de ley, «se requerirá de una especial justificación por razones de conservación e informe favorable del Consell Assessor de Conservació de la Naturalesa de Balears.

Con el derecho de tanteo y retracto, cuando se produce una venta, la Administración puede adquirir una finca siempre que iguale la cantidad escriturada que ofrece el comprador particular. Ésta ha sido una de las razones principales de las movilizaciones de propietarios de fincas rústicas en la sierra de Tramuntana y, especialmente, en el Llevant contra la declaración de determinadas zonas como espacios naturales.