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Los Consells no podrán decretar moratorias urbanísticas hasta que comience la tramitación de la redacción de los planes insulares. Según el artículo 17 de la nueva Ley d'Ordenació Territorial, que comenzará a tramitar el Parlament en el mes de septiembre, únicamente con posterioridad al acto de iniciación «del procedimiento de formulación de un instrumento de ordenación territorial o de revisión o modificación el órgano competente para dictarlo puede apreciar motivadamente la necesidad de elaborar una norma territorial cautelar y definir el ámbito, la finalidad y el contenido básico».

De esta manera, podría transcurrir más de un año hasta que los Consells inicien la tramitación de sus planes insulares, que es el paso previo obligatorio para decretar una moratoria urbanística. Además, la aprobación inicial de las normas cautelares significaría la suspensión de la concesión de licencias y autorizaciones para todas aquellas actuaciones que no se ajusten a sus determinaciones. En otro artículo de la misma ley urbanística aprobada por el Govern se aclara que la vigencia de las normas cautelares previas a las directrices de ordenación territorial y los planes territoriales insulares no debe superar los cinco años.

Este plazo será de tres años para las normas territoriales cautelares previas a la aprobación de planes directores sectoriales. La nueva Ley de Ordenación del Territorio, que es el paso previo para dar todas las competencias urbanísticas a los Consells, también establece que sean las instituciones insulares las encargadas de poder decretar moratorias en suelo urbano.