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La Sala Segunda del Tribunal Supremo desestimó todos y cada uno de los recursos de casación a la sentencia del «caso Túnel» dictada en 1997 por el Tribunal Superior de Justicia de Balears. Según la sentencia hecha pública ayer, y de la que fue ponente el magistrado José Antonio Martín Pallín, no procede casar la sentencia en ninguno de sus apartados, con excepción de la actuación que tuvo el ex concesionario de las obras, Antoni Cuart. Este fue hallado culpable del delito de cohecho por el Supremo, pero al igual que Cañellas, fue absuelto por prescripción.

La sentencia, contenida en 69 folios, detalla con minuciosidad la trama, que define como «corruptora», en el diseño del concurso, elección del adjudicataria, la entrega de los 50 millones de pesetas que Cuart hizo a Cañellas y las posterior ejecución de las obras.

La Sala Segunda del Supremo, integrada por el presidente, José Jiménez Villarejo, José Manuel Martínez-Pereda Rodríguez y Martín Pallín, no consideró necesario variar ni una sola coma de la sentencia dictada en Palma por el tribunal presidido por Angel Reigosa, con la única variante ya reseñada de Cuart. La sentencia recuerda que no se pueden olvidar» los límites del recurso de casación y más concretamente de las posibilidades de cambiar la relación de hechos probados por la vía del error de hecho.