Imagen de archivo. | Efe

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Ya se puede solicitar el voto por correo para las elecciones autonómicas, insulares y municipales que se celebrarán el domingo, 28 de mayo. Se puede solicitar por vía telemática -sin necesidad en ningún momento de trámites presenciales- o presentándose directamente en una de las oficinas de Correos. El plazo acaba el 18 de mayo, inclusive.

Los electores que quieran pedir el certificado de inscripción en el Censo Electoral para ejercer el voto por correo de forma telemática lo pueden hacer mediante la web www.correos.es. En ese caso, es necesario identificarse mediante la firma electrónica. También se aceptan los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).

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En las oficinas

Si el interesado tiene dificultades para realizar el trámite telemáticamente o prefiere una atención personalizada, puede acudir hasta el 18 de mayo a alguna de las oficinas de Correos de toda España. En este caso, debe presentarse personalmente -a excepción de padecer una enfermedad o discapacidad que se lo impida, siendo necesaria una autorización notarial o consular y un certificado médico-. Para rellenar la solicitud, se ha de presentar al empleado de la oficina postal el DNI, Pasaporte o carnet de conducir originales. Para agilizar los trámites, Correos ofrece «la opción de cita previa para la solicitud del voto en oficinas, a través de la app, la web de Correos o la Oficina Virtual. Para ello el elector tan sólo debe seleccionar la oficina disponible que tenga cita previa y, por último, elegir el día y la hora que más le convengan».

El voto

Correos entregará las solicitudes recibidas a las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral. Serán estas las que envíen a los solicitantes, a partir del 8 de mayo, la documentación necesaria para que ejerzan el voto por correo. El plazo para votar por correo finalizará el 24 de mayo de 2023.