Archivo - Fachada del TSJA, en Granada. | Europa Press - EUROPA PRESS - Archivo

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de cuatro años y tres meses de prisión, dictada por la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Algeciras, a tres personas de origen marroquí como autores responsables de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros al pilotar desde Marruecos una embarcación en la que viajaban 13 migrantes, que habían pagado 15.000 euros, con la intención de alcanzar las costas españolas.

Según señala la sentencia, recogida por Europa Press, la embarcación tenía algo más de seis metros de eslora y 1,5 metros de ancho, lo que la hacía «inestable y susceptible al vuelco frente al oleaje existente en medio del océano» dado «el exceso de aforo» que tenía al ir con 13 personas más a bordo. Además, «el motor se paró en múltiples ocasiones quedando a la deriva y hundiéndose cada vez más por el sobrepeso que soportaba».

La embarcación fue interceptada por la salvamar Enif de Salvamento Marítimo el 1 de diciembre de 2021 sobre las 13,00 horas en aguas del Estrecho de Gibraltar. Antes de eso, los acusados se habían alternado durante el trayecto en las tareas de pilotaje, repostaje y orientación mediante el uso de GPS y brújula, siendo detenidos una vez llegaron a tierra tras el rescate.

En la sentencia apelada por los tres responsables, la Audiencia Provincial los condenó a la pena de cuatro años y tres meses como autores responsables de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, concurriendo la circunstancias de puesto en peligro la vida de las personas objeto de la infracción, o creación del peligro de causación de lesiones graves.

El TSJA considera acreditada la autoría de los acusados según las declaraciones de los dos testigos protegidos del caso, quienes «no mostraron dudas de la identificación de estas personas como los responsables del patroneo y control de la embarcación durante su periplo».

Los apelantes alegan también que no llegó a materializarse el riesgo de peligro para los pasajeros, algo que el Tribunal rechaza al entender que las dimensiones de la embarcación constituyen de por sí «un riesgo permanente» para la integridad física e incluso la vida
de los migrantes transportados. El recurso ha sido desestimado y la sentencia de la Audiencia confirmada.