Zona de carga y descarga en la capital alavesa | AYUNTAMIENTO DE VITORIA

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El Ararteko ha recomendado al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que deje sin efecto una sanción impuesta por un policía local a una persona con discapacidad por aparcar su vehículo en una zona de carga y descarga sin dejar visible en el salpicadero la tarjeta de estacionamiento para discapacitados que le facultaba para estacionar el coche en ese lugar, algo que niega la persona afectada, que ha presentado como prueba fotos con la tarjeta visible en el coche.

El Defensor del Pueblo vasco ha emitido esta recomendación a raíz de la reclamación que le presentó la persona afectada por esta multa, que le fue impuesta por «estacionar en zona de carga y descarga un vehículo no autorizado durante las horas de utilización» tras la denuncia que un agente de la Policía Local formuló contra su vehículo.

El reclamante alegó ante el Ararteko que la normativa permite estacionar en zona de carga y descarga con la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad, y que su vehículo mostraba este distintivo en el salpicadero de forma visible, dado que siempre la tiene fija.

Junto a sus alegaciones, esta persona aportó una foto del vehículo para probar que tenía la tarjeta puesta y copia de la tarjeta, según ha informado el Ararteko en un comunicado.

El Ararteko solicitó al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que le proporcionase copia del expediente administrativo correspondiente al procedimiento sancionador. Asimismo, pidió información sobre la vigencia de la instrucción municipal 'Estacionamiento en zona habilitada para carga y descarga con tarjeta de discapacitado'.

Petición de explicaciones

A su vez, esta institución solicitó al Ayuntamiento que aclarara si el agente comprobó que las plazas para personas con movilidad reducida existentes en la zona se encontraban ocupadas; si verificó que se estaba ocasionando perjuicios a los peatones o al tráfico, y si así constaba en la denuncia.

El Ayuntamiento remitió copia del expediente administrativo, pero no informó sobre las cuestiones que le planteó el Ararteko, según ha subrayado el propio Defensor del Pueblo vasco.

Tras conocer las alegaciones, el agente denunciante se ratificó en la sanción impuesta y señaló que el vehículo denunciado no tenía visible la tarjeta para personas con discapacidad.

El Ararteko constata la existencia de «versiones contrapuestas» en torno a la visibilidad o no de la tarjeta para personas con discapacidad. En todo caso, señala que el Ayuntamiento «en ningún momento se ha referido a que el estacionamiento ocasionase perjuicios a los peatones o al tráfico», mientras el promotor de la queja «ha probado su derecho a utilizar la zona reservada de estacionamiento».

Además, ha explicado que el hecho de no tener la tarjeta visible no constituye una infracción en materia de tráfico por incumplimiento del Reglamento General de Circulación. En consecuencia, el Ararteko considera que debería dejarse sin efecto la sanción.