Ayudas autónomos. | JUNTA DE ANDALUCÍA

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La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo ha publicado hoy en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) una nueva convocatoria de ayudas para fomentar el trabajo autónomo en Andalucía, que incluye incentivos de entre 3.800 y 5.500 euros para los nuevos trabajadores autónomos que estén acogidos a la cuota plana estatal con carácter retroactivo desde el 1 de enero de este año.

Estas subvenciones, que se convocan en régimen de concurrencia no competitiva, cuentan en la provincia de Granada con 7.070.814 de euros de fondos del programa del Fondo Social Europeo PLUS y con fondos propios de la Junta, y se prevé que beneficien a un millar de trabajadores por cuenta propia, que podrán solicitarlas hasta el 30 de septiembre de 2024.

La subvención está destinada a quienes hayan comenzado una actividad y mantengan de forma ininterrumpida la condición de autónomo durante doce meses a contar desde el día siguiente al de la presentación de la solicitud.

Con el objetivo de priorizar mujeres, jóvenes y emprendedores que inicien su actividad en pequeños municipios, las cuantías oscilan dependiendo del colectivo. Así, para trabajadoras autónomas menores de 35 años, la subvención será de 5.000 euros, y para aquellas que tengan 35 años o más, 3.800 euros. En el caso de los hombres, los autónomos menores de 30 años recibirán 5.000 euros y de 30 años o más, 3.800 euros.

Además, en el caso de que estos beneficiarios desarrollen su actividad en un municipio de menos de 10.000 habitantes, la cuantía de la subvención se incrementará hasta los 5.500 euros para mujeres menores de 35 años y hombres menores de 30, y hasta los 5.000 euros en los otros dos supuestos.

Los trabajadores autónomos que quieran solicitarla, además de estar dados de alta en el RETA a la fecha de presentación de la solicitud y desarrollar su actividad en Andalucía, deben ser beneficiarios de la tarifa plana estatal y deberán contar con un plan de viabilidad de la actividad proyectada a la fecha de presentación de la solicitud. La presentación y tramitación de la solicitud de estas subvenciones es automatizada y la Administración comprobará de oficio los requisitos a cumplir.

Además, según consta en las bases, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de concesión será de máximo cuatro meses desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico único.

Los autónomos podrán solicitar la subvención dos meses después de su alta en el RETA o en el grupo primero de cotización del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar a partir de mañana. Para aquellos que se dieron de alta desde el 1 de enero de 2023, se establece también un plazo transitorio de dos meses desde mañana.

Las solicitudes deberán presentarse única y exclusivamente de forma telemática en la sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía, disponible en el catálogo de procedimientos y servicios accesible en el enlace https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedim....