Archivo - Infraestructura del Consorcio Aguas del Huesna. | AGUAS DEL HUESNA - Archivo

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El Comité de Sequía de Aguas del Huesna, que suministra agua de forma directa a 18 municipios de la provincia de Sevilla con una población de alrededor de 250.000 habitantes, ha declarado el escenario de Alerta por Sequía en el sistema de abastecimiento derivado del embalse del Huesna, conforme a lo establecido en el Plan Especial de Sequía de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG). Actualmente, el embalse del Huesna, principal fuente de abastecimiento del sistema, cuenta con un volumen de agua almacenada de 47,6 hectómetros cúbicos (hm3), lo que equivale que está al 35,4% de su capacidad. Esto supone «incurrir» en fase de Alerta al descender de los 48 hm3, ha informado la Diputación de Sevilla en una nota de prensa este viernes.

El vicepresidente del Consorcio del Huesna, José María Villalobos, ha señalado que «en esta fase de alerta no se contemplan restricciones en el suministro» pero «hacemos un llamamiento a la ciudadanía, organismos, empresas y servicios municipales para que empleen el agua de manera racional y responsable, realizando un uso eficiente de un recurso limitado que contribuya a preservar las reservas actuales del embalse del Huesna y evitar o al menos retrasar lo máximo posible la entrada en la fase de emergencia por sequía, a la que se llegaría al descender las reservas almacenadas de los 34 hm3».

El actual escenario de alerta es el segundo de los tres estados de sequía (Pre-Alerta, Alerta y Emergencia) y prevé «recomendaciones y medidas» encaminadas a mantener «consumos eficientes». Para este escenario de Alerta, en el caso del riego y los jardines, se plantea realizar riegos «exclusivamente en horas comprendidas entre el atardecer y el amanecer, preferiblemente entre las 21,00 horas y las 8,00». «El riego ha de ser el mínimo indispensable para garantizar el mantenimiento de las especies y siempre mediante goteo o riego por aspersión. En ningún caso, se debería llevar a cabo el riego a manta», aclara el Consorcio.

El riego «sólo» deberá realizarse un máximo de dos veces por semana, debe evitarse la plantación de césped, plantas ornamentales y árboles que requieran de algún tipo de riego con agua potable y debe «limitarse» el uso de agua de la red general para riegos y baldeos. En relación a las fuentes públicas ornamentales, se recomienda que no sean llenadas, salvo la excepción de estanques, fuentes o lagunas artificiales que mantengan algún tipo de fauna acuática con el mínimo de agua imprescindible para preservar la vida de dichos animales.

En relación a las piscinas municipales, «sólo deberían llenarse completa o parcialmente aquellas que cuenten con un sistema cerrado de depuración, que empleen, exclusivamente, el agua imprescindible para mantener su salubridad o poder hacer la limpieza de sus filtros y demás instrumentos que la componen». Aquellas piscinas que usen agua de pozo y cuyos sobrantes no vierten a la red de saneamiento de la ciudad, «podrán mantener su funcionamiento habitual». Las de nueva construcción «no deberán ser llenadas», se apostilla.

Sobre la limpieza de calles y baldeos se recomienda, evitar la limpieza de calles y aceras salvo en casos de accidentes que hayan vertido productos o elementos que necesiten ser eliminados por razones de salubridad o motivos de seguridad ciudadana. En cualquier caso, la limpieza se realizará, preferiblemente, mediante agua a presión y con el «mínimo imprescindible». Villalobos ha recordado que «la situación de sequía no afecta sólo al volumen de agua disponible en el embalse, sino también a la calidad de la misma, pues al ser captada cada vez más cerca del fondo del embalse su calidad empeora progresivamente. Si bien se ha ido adaptando el tratamiento de potabilización a las características cambiantes del agua bruta, no puede descartarse que propiedades organolépticas del agua tratada tales como olor, color o sabor puedan verse negativamente afectadas».

A este respecto --ha añadido--, «es importante señalar que en ningún caso estas alteraciones organolépticas comportan riesgo alguno para la salud de los consumidores. Así, el agua suministrada cumple todas las exigencias del R.D. 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro, y demás legislación vigente, estando por tanto garantizada su salubridad y aptitud para su consumo».