El presidente del PP andaluz, Juanma Moreno, junto al candidato del PP a la Alcaldía de Sevilla, José Luis Sanz, en un acto de 9 de mayo. | Joaquin Corchero - Europa Press

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La Junta Electoral de Zona (JEZ) de Sevilla ha desechado la segunda denuncia del PSOE-A contra el acto celebrado por el PP en la plaza del Albaicín de Sevilla capital poco antes del comienzo oficial de la campaña electoral para las elecciones municipales del 28 de mayo, rechazando así incoar expediente sancionador contra el presidente del PP-A, Juanma Moreno; el presidente provincial, Ricardo Sánchez, y el candidato a la Alcaldía hispalense, José Luis Sanz, porque «no se aprecia ningún acto de carácter electoralista, sino una presentación de candidatura».

Recordemos que el pasado jueves 11 de mayo, horas antes de que arrancase la campaña electoral, la JEZ prohibía al PP la celebración de la apertura de la campaña en Sevilla con la participación del presidente de la Junta y del PP-A, Juanma Moreno, junto a su candidato a la Alcaldía de Sevilla, José Luis Sanz, programado a las 20,30 horas de aquella jornada en la Plaza del Albaicín.

Tras una denuncia del PSOE-A sobre este acto, la JEZ precisaba que el PP sí tenía concedido el espacio de la Plaza del Albaicín de Sevilla desde las 00,00 horas hasta las 02,00 del día 12 de mayo, pero prohibía al PP comenzar el acto «antes del inicio de la campaña electoral» a las 00,00 horas del pasado viernes 12 de mayo.

En ese sentido, señalaba la JEZ que el artículo 51 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) determina que «la campaña electoral comienza el día 38 posterior a la convocatoria» de las elecciones, lo que supone que «en esta ocasión, en relación a las elecciones municipales el día 12 de mayo a las 00,00 horas».

Las alegaciones del pp

Frente a dicha resolución de la JEZ, el PP alegó que el acto de inicio de campaña estaba «programado efectivamente para que tener inicio a partir de las 00,00 hasta las 02,00 horas del día 12 de mayo, sin perjuicio de que se haya convocado con antelación a los asistentes al acto, a fin de contar con la presencia del presidente del Partido Popular Andaluz y el presidente del Partido Popular de Sevilla, Ricardo Sánchez», para que presentasen al candidato popular a la Alcaldía de Sevilla.

Así, los populares esgrimían en sus alegaciones que «el acto se enmarca dentro de los realizados en la precampaña», garantizando «no »realizar captación de sufragio con anterioridad al comienzo oficial de la campaña electoral«, marcado a las 00,00 horas, por lo que achacaba al PSOE-A »mala fe y claro fraude procesal", reclamando así la apertura de expediente sancionador en su contra.

Nueva resolución

Ahora, en una nueva resolución emitida este pasado lunes, la JEZ de Sevilla ratifica su decisión inicial de prohibir al PP que su acto de apertura de campaña electoral comenzase antes del inicio oficial de la misma a las 00,00 horas del 12 de junio, tomando «conocimiento del escrito de aclaración» del PP sobre que «efectivamente, el acto de inicio de campaña» estaba «programado a partir de las 00,00 horas, sin perjuicio de que» se hubiese «convocado a los asistentes con antelación a fin de presentar al candidato y su programa electoral».

La JEZ, en esta nueva resolución, da cuenta de que al día siguiente, el primer día de campaña, el PSOE-A denunció que el PP había hecho «caso omiso» al requerimiento de la JEZ y había «incumplido» la Loreg; aportando fotografías y un vídeo y reclamando la apertura de expediente sancionador contra Juanma Moreno, Ricardo Sánchez y José Luis Sanz, si bien la JEZ determina que de lo aportado no se aprecia ningún acto electoralista, sino una presentación de candidatura".