Archivo - Fachada del Palacio de Justicia de Catalunya, sede del TSJC y de la Audiencia de Barcelona. | DAVID ZORRAKINO - EUROPA PRESS

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La Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB) pedirá al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) que plantee una cuestión de inconstitucionalidad después de que éste haya denegado por primera vez la tutela cautelar a una familia para garantizar la aplicación del 25% de educación en castellano porque la nueva normativa catalana evita estipular porcentajes.

En una providencia consultada por Europa Press de la Sección Quinta de la Sala contenciosa administrativa del TSJC, los magistrados acuerdan que las partes puedan "alegar lo que deseen sobre la pertinencia de plantear cuestión de inconstitucionalidad" y fuentes de AEB han confirmado que se pronunciarán a favor de que se eleve la cuestión al Tribunal Constitucional (TC).

El alto tribunal catalán constató a principios de julio la "imposibilidad legal" de ejecutar la sentencia que obliga a impartir un 25% de horas lectivas en castellano porque se contradice con la nueva normativa catalana --un decreto y una ley-- sobre uso de lenguas oficiales en la enseñanza.

Asimismo, planteó elevar una cuestión de inconstitucionalidad al TC porque considera que la nueva normativa del Govern podría infringir el artículo de la Constitución que establece el castellano como lengua oficial del Estado además del deber de conocerla y el derecho a usarla.

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Un mes después, los magistrados han denegado por primera vez las medidas cautelares que pedía una familia para la aplicación del 25% de castellano en clase: "La aplicación de las normas cuestionadas impiden a este tribunal conceder la tutela cautelar instada por la parte demandante".

Sin embargo, han advertido de que los textos legales impulsados por el Govern "contravienen los fundamentos constitucionales de la consideración del castellano como lengua vehicular de la enseñanza" y definen un modelo lingüístico en el ámbito escolar que resulta incompatible con la interpretación de la Constitución que realizan y por la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

En la providencia, los magistrados constatan que el decreto del Govern se adoptó "en coincidencia temporal" con la finalización del plazo de ejecución forzosa de la sentencia del 25% concedido a la Conselleria.

Por eso, afirman que "la finalidad de esta legislación de urgencia está en conexión con la de evitar el cumplimiento de la sentencia", lo que se extiende a todos los casos particulares.