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Efe|PARÍS
La Agencia Francesa de Lucha contra el Dopaje (AFLD), que recibió ayer los informes médicos para justificar el uso terapéutico por Oscar Pereiro de un producto por el que dio positivo en el pasado Tour, se pronunciará sobre su validez el jueves próximo. «Un colegio de expertos independientes» de la AFLD dictará su veredicto el jueves probablemente en forma de comunicado, explicó a Efe el secretario general de este organismo, Philippe Dautry. Dautry, que no quiso avanzar si los documentos recibidos de Pereiro son suficientes para justificar haber tomado el anabolizante salbutamol que se le detectó durante el Tour del año pasado -en el que quedó segundo tras Floyd Landis-, indicó que «el dossier lo hemos confiado al médico de la Agencia».

Ese médico emitirá un dictamen que servirá de base para la discusión de los miembros del colegio de la AFLD. Si esta instancia considerara que los informes médicos aportados por el ciclista español son insuficientes, lo convocaría para dentro de unas semanas para que se explicara y diera informaciones suplementarias, e incluso podría ser sometido a un examen terapéutico para comprobar que efectivamente sufre asma. Es esta dolencia la que el corredor ha dado para explicar las razones de haber usado el medicamento por el que dio positivo.

Dautry contó que, en términos generales, la Agencia tiene competencia para sancionar a aquellos deportistas que no justifican de forma suficiente un tratamiento médico con un producto dopante con una suspensión para competir en el futuro en el territorio francés. El equipo Caisse d'Epargne aseguró en un comunicado que Oscar Pereiro «no dio positivo en el pasado Tour de Francia» tal y como afirma el diario francés Le Monde en su versión digital aludiendo a la falta de una justificación médica para que el gallego pudiera usar salbutamol para tratarse del asma que padece. El equipo de Pereiro afirma que tanto la AMA como la UCI «han quedado satisfechas» con las explicaciones ofrecidas, y subraya además que los requerimientos solicitados por la AFLD no han sido cumplimentados únicamente «por negligencia del corredor imputable a su periodo de vacaciones».