El Tribunal Supremo ha dado la razón al futbolista Gerard Piqué y ha anulado la multa de 2,1 millones de euros que le impuso Hacienda al concluir que el centrocampista no simuló contratos para gestionar sus derechos de imagen y que las cotizaciones que abonó a la Seguridad Social británica mientras jugaba en el Manchester United cuentan como «gasto deducible» del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). En una sentencia de 15 de diciembre, recogida por Europa Press, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha estimado el recurso de casación formulado por Piqué contra una sentencia de la Audiencia Nacional sobre una resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) que había estimado parcialmente una reclamación del jugador.
El Supremo anula la multa de 2 millones a Gerard Piqué
El Tribunal concluye que no simuló contratos para gestionar sus derechos de imagen
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