El civil sancionado trabajaba en la zona residencial de la base de Pollença.

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El Ministerio de Defensa sancionó con cinco días de empleo y sueldo a un marinero civil que entró en una zona militar del Port de Pollença, restringida únicamente para oficiales militares y allí estuvo durante una hora. Esta sanción, que consistía en suspensión de empleo y sueldo durante cinco días, ha sido anulada por los tribunales, en una sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Baleares.

El empleado sancionado prestaba sus servicios profesionales para el Ministerio de Defensa como patrón mayor de cabotaje. Su destino era la zona residencial del aeródromo militar de Pollença.

Los hechos, según refleja la sentencia, ocurrieron el día 16 de junio de 1996. El patrón de cabotaje entró, acompañado por la transmisorista de Icona, en el centro de prácticas marinas. Esta es una zona restringida y allí permaneció de las once a las doce de la mañana, es decir, durante una hora. Ese mismo día, según explica el tribunal, acompañado de la misma compañera, el trabajador sancionado también entró en el bar del pabellón 3, que está destinado únicamente al personal militar. Allí se encontraba un compañero de trabajo, que se encargaba de la mecánica naval, acompañado de su mujer y de su hijo.

Esta entrada en la zona militar la comunicó un marinero de la base a sus superiores, parte que dio origen a un expediente sancionador. El Ejército del Aire nombró a un capitán para que actuara como instructor del expediente. El oficial propuso la sanción de cinco días de empleo y sueldo. Esta sanción fue ratificada por el coronel jefe del aeródromo militar de Pollença.