La agencia Tributaria te vigila: multas de hasta 150.000 euros por sacar dinero del cajero sin justificar

El objetivo es evitar el fraude fiscal, con la colaboración de los bancos y limitaciones en las transacciones

También vigilarán transacciones en efectivo y Bizum | Foto: Rawpixel.com

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La Agencia Tributaria ha reforzado su control sobre los movimientos de dinero en las entidades bancarias. Con el objetivo de prevenir el fraude fiscal, se imponen sanciones que pueden alcanzar hasta 150.000 euros para aquellos que no justifican correctamente el origen de sus transacciones. Este control se ejecuta en colaboración con los bancos, los cuales están obligados a informar a Hacienda de las operaciones que superen ciertos montos.

El foco de vigilancia abarca desde transferencias tradicionales hasta pagos en efectivo y el uso de aplicaciones como Bizum. La normativa es clara: si un cliente realiza un ingreso de dinero en efectivo superior a los 1.000 euros, debe identificarse en el banco. Además, toda transacción que exceda los 3.000 euros o que incluya billetes de 500 euros, debe ser reportada al fisco según la ley 7/2012 de octubre.

¿Cuándo actúa Hacienda?

Las retiradas e ingresos de grandes sumas en efectivo, así como préstamos y créditos que superen los 6.000 euros, están bajo la atenta mirada de Hacienda. El límite máximo permitido para mover dinero en efectivo dentro del país es de 100.000 euros. Superar este umbral requiere una declaración formal mediante el formulario S1.

El Gobierno implementó a finales de 2020 la Ley 11/2021 para reducir al máximo los pagos en efectivo a apenas 1.000 euros. Por lo tanto, cualquier compra o pago que sobrepase esta cantidad debe realizarse a través de otros medios de pago. Esta medida apunta directamente a las prácticas ilícitas que podrían derivar en fraude fiscal.

Consecuencias de no acatar la normativa

Si Hacienda descubre irregularidades en las transacciones que no se pueden justificar, las multas pueden ser considerables. Las infracciones se clasifican en leve, grave y muy grave. Las leves pueden llegar a los 3.000 euros. Las graves conllevan un recargo de entre el 50% y el 100% de la cantidad no declarada, especialmente cuando la cantidad en cuestión supera los 3.000 euros.

Finalmente, las infracciones muy graves pueden acarrear un recargo del 150% sobre lo no declarado. En los casos más extremos, cuando la cantidad defraudada supera los 120.000 euros, se contempla la posibilidad de que estos casos se conviertan en delitos fiscales.