La Ley 4/2008 no contempla excepciones para urbanizaciones de lujo como la de Formentor en Pollença. | M. À. Cañellas

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El treinta por ciento de los terrenos de la emblemática urbanización Formentor deberá destinarse a viviendas de protección oficial. El decreto ley de medidas cautelares, aprobado por el Govern de les Illes Balears en abril de 2008, no hace distinciones respecto a la obligación de cesión de suelo para la ejecución de viviendas sociales.

A la espera de que la ley del suelo, paralizada en estos momentos en el Parlament, desarrolle ésta y otras cuestiones incluidas en el decreto ley de medidas urgentes, articulando alternativas que garanticen la implicación de las nuevas promociones en la creación de viviendas sociales, con la ley en la mano, urbanizaciones de lujo como Formentor, que carecen de un plan de urbanización aprobado, están obligadas a reservar el 30 por ciento del suelo para construir viviendas sociales.


Promoción privada

No necesariamente la construcción de las viviendas de protección oficial deberá correr a cargo de la Administración pública sino que puede ser el propio promotor de la urbanización quien asuma su construcción. Así lo explicó esta semana el director general de Ordenació del Territori, Bernat Aguiló, que dijo: «La filosofía de la Ley 4/2008 es la de acabar con el concepto de que cuanto más lujosa es una urbanización menos deberes ha de tener. La aportación de suelo social no se puede perder, pero parece evidente que ha de tener un destino diferente, quizá a través de una permuta».

Aguiló explicó que «es cierto que si la ley del suelo estuviera aprobada todo el procedimiento estaría mucho más estructurado, porque no hay que olvidar que la Ley 4/2008 nació como una ley de carácter provisional».

Ante esta situación la pelota queda ahora en el tejado del Ajuntament de Pollença que, a través de su planeamiento urbanístico, puede fijar qué terrenos destina para realizar promociones de vivienda oficial, firmando algún tipo de convenio que pueda permutar el 30 por ciento de los terrenos de Formentor por terrenos situados en alguno de los tres principales núcleos urbanos del municipio: Pollença, Cala Sant Vicenç y el Port de Pollença.

El caso de Formentor no es único. En Pollença la norma también obliga a la cesión del 30 por ciento de los terrenos de la lujosa urbanización del Vilà si bien en este caso el desarrollo urbanístico de la zona es más complicado tras la desclasificación en 2008 de la zona verde pública situada en la zona alta de la montaña que imposibilita, hoy por hoy, un acuerdo entre los propietarios que permita desarrollar el resto de la urbanización.

Precisamente los propietarios del Vilà han venido denunciando en los últimos dos años lo que consideran como una «desclasificación encubierta» de sus terrenos ya que la protección por parte del Govern balear de la zona más alta de la urbanización abortó el acuerdo que ultimaban los propietarios de dicha urbanización para poder desarrollarla.