El 'violador de Tinder', en la imagen, en uno de los dos juicios por los que fue condenado por agresión sexual.

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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior avala el criterio de la Audiencia en la reducción de condenas por el ‘solo sí es sí’. Los magistrados han desestimado el primero de los recursos que ha interpuesto la Fiscalía contra las rebajas de penas. En este caso es una de las dos modificaciones que beneficiaron al ‘violador de Tinder’, un hombre que quedaba con mujeres con un perfil falso, acudía a su vivienda y las violaba. Ocurrió al menos en dos ocasiones. La Audiencia rebajó una de sus condenas de nueve a ocho años de prisión, la que ahora se confirma, y la otra pasó de siete y medio a seis.

La Fiscalía consideraba que era necesario mantener la condena dado que era una penalidad posible con el nuevo Código Penal y que estaba en consonancia con la gravedad de los hechos. El TSJIB discrepa. Considera que, a falta de una disposición transitoria en la nueva ley, no se puede aplicar la del Código Penal de 1995 y que es algo que impide la jurisprudencia de la Unión Europea: «El silencio del legislador nos reafirma en que no ha habido intención ni previsión de extender los efectos de la disposición transitoria a la reforma operada por la Ley Orgánica, cuyo alcance es integral». Añade: «Como es lógico, la intención de conceder un marco de mayor protección a las víctimas de delitos sexuales no tiene por qué corresponderse con un aumento de las penas para los culpables de estos delitos, menos aún cuando en el ánimo del legislador está la idea de conceder un tratamiento conjunto a los abusos sexuales y a la agresión».

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En cualquier caso, el auto del TSJIB establece que dadas la «incertidumbre» y «dudas interpretativas» de la nueva ley habría que adoptar la decisión más beneficiosa para el condenado y que «la norma actual resulta claramente más beneficiosa y la regla de la retroactividad nos obliga a aplicar la normativa actual frente a la derogada».

Este es el primero de los autos en los que el Tribunal Superior decide sobre los recursos planteados por la Fiscalía. En cualquier caso, el Ministerio Público, que sostiene que en estos supuestos no hay que rebajar condenas, ha planteado otros recursos similares ante el Tribunal Supremo. En Baleares se han rebajado hasta ahora 39 sentencias por delitos sexuales, 4 de cada diez examinadas. Las secciones penales de la Audiencia tienen pendientes otras 90.