Imagen de la calle Joan Miró, de Palma, lugar donde estaban ubicados los dos establecimientos. | G.M.

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La Audiencia Provincial de Palma ha confirmado la sentencia impuesta por un juzgado de lo Penal por un delito de coacciones al dueño de un bar de la capital balear que denunció en falso 42 veces a un local de la competencia. El empresario deberá abonar una multa de 1.080 euros e indemnizará con 4.500 a los dos perjudicados por los daños morales ocasionados. La Sala tumba así el recurso de apelación presentado por la defensa del procesado, que alegó un error en la valoración de la prueba practicada en el acto del juicio oral al considerar que se trató de un supuesto de «meras versiones contradictorias».

El fallo de la Audiencia considera probado que el acusado, dueño de un bar ubicado en la calle Joan Miró de Palma, desde 2015 se dedicó a molestar a los dueños de un bar que abrió enfrente del suyo. De junio de ese mismo año hasta el 16 de abril de 2017 interpuso denuncias ante la Policía Local de Palma solicitando su presencia para controlar la terraza del bar o el volumen de la música. Su única intención era entorpecer la labor de los perjudicados. El comportamiento censurable del procesado no acabó ahí.

También decidió grabar de manera continua a los denunciantes mientras trabajaban, acercándose a ellos con la cámara y también instalando una en su local enfocando al otro establecimiento, molestando a los clientes. La sentencia ahora confirmada también resalta que el procesado se dirigió en varias ocasionas a los denunciantes para amenazarles con demandas de daños y perjuicios y en una ocasión les dijo que su único propósito en la vida era «joderles». Como consecuencia de la actitud del acusado, los denunciantes, un hombre y una mujer, sufrieron diversos daños. En el caso del varón, un trastorno ansioso reactivo que le obligó a ir al psicólogo, al igual que a la otra perjudicada, que padeció un trastorno ansioso depresivo que le ha dejado como secuela estrés postraumático leve.