¿Se pueden recurrir las actas impuestas durante el estado de alarma? ¿Prescriben? ¿Tienen descuento si las pagas antes de 15 días?
Todas estas preguntas las contesta de forma rápida y clara nuestro abogado de cabecera, Eduardo Luna.
Nuestro letrado nos recuerda que a pesar de no encontrarnos en estado de alarma la sanción sigue existiendo y lo normal es que desde las delegaciones las sigan tramitando. Una vez notificada la sanción, el ciudadano dispone de un plazo de 15 días, bien para formular las alegaciones, bien para pagar con un 50% de descuento.
JUSTICIERO
Hace un mes
Como esta pandilla de inútiles no legislaron después del primer estado de alarma, todas las sanciones se basan en la ley de seguridad ciudadana de hace bastantes años. Desde febrero del 2020 el 95% de las multas son ilegales y no se van a pagar, y de hecho no se están pagando .Otra cosa es SI HAY RESISTENCIA A LA AUTORIDAD , entonces la cosa cambia. No es lo mismo que un agente te diga que no puedes estar ahí, y tu le dices que de acuerdo me vuelvo a mi casa, Y otra cosa es decirle al agente, no me voy de aquí porque no me sale de las narices. Entonces tienes un problema sancionable.