Un momento del juicio al juez Miquel Florit. | Alejandro Sepúlveda

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El juicio del 'caso Móviles' por el que se investiga al magistrado jubilado Miguel Florit, anterior instructor del caso cursach, por la incautación de móviles a periodistas y el rastreo de sus llamadas ha quedado este jueves visto para sentencia. La defensa de los medios afectados pide una pena que suma 42 años de inhabilitación por vulneración del secreto profesional, interceptación de las comunicaciones, prevaricación, y un delito contra la inviolabilidad del domicilio.

Por su lado, la Fiscalía, representada por el fiscal jefe de Baleares, Bartomeu Barceló, ha mantenido en sus conclusiones definitivas su petición de libre absolución.

La causa se remonta al 11 de diciembre de 2018, cuando la Policía, por orden del juez, se incautó de los teléfonos móviles de una redactora de Europa Press, Blanca Pou, y un redactor de 'Diario de Mallorca', Francisco Mestre, para investigar el origen de informaciones periodísticas publicadas en relación al 'caso Cursach'.

En su informe final, Nicolás González-Cuéllar, el abogado de Kiko Mestre, 'Diario de Mallorca' y la agencia 'Efe' ha dicho que «la verdad no puede ser obtenida a cualquier precio». «Hay límites de variada naturaleza y uno de ellos es el secreto profesional de los periodistas pues es vital para la confianza de los informadores para poder generar noticias que tengan interés publico», ha recalcado.

González-Cuéllar también ha manifestado que aunque este derecho, en determinados supuestos, ceda ante otras necesidades, está prohibido «afear el secreto profesional para la persecución de la infidelidad de empleados públicos o privados que sean desleales» y, en este sentido, ha citado distintos casos internacionales que se pronuncian en este sentido.

Por su lado, el letrado de Europa Press y Blanca Pou, Javier Crespo, ha puesto de manifiesto que el 11 de diciembre se pinta un auto y 10 días después, sin mediar petición de nadie, el juez acuerda la devolución de los dispositivos. Así, considera que el verdadero motivo de este cambio es «la presión» a la que se sentía sometido Florit a raíz de que sabía que se le iba interponer una querella. «El motivo de la devolución es tratar de desandar lo andado, pero por desgracia los autos no se pueden reescribir», ha dicho.

Para terminar su exposición, Crespo ha expresado que no debe generalizarse este tipo de actuaciones pues, de lo contrario, «se pone en peligro el derecho a recibir información veraz» pues de lo contrario este devendrá en «ilusorio y en perjuicio de la sociedad».

Tras Crespo, el fiscal Barceló se ha mostrado en contra de las argumentaciones de la acusación y ha manifestado que «Florit no es un delincuente» pues no ha cometido ningún delito y, por eso, solicita que se le absuelva. En sus argumentos, ha dicho que «si la fuente no dice que quiere ser anónima el periodista no tiene por qué no revelarla». También se ha apoyado en el código deontológico de la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE).

Por su parte, la abogada del Estado, Dolores Ripoll, ha dicho que no se ha acreditado que Mestre, que pide una indemnización de 30.000 euros, se haya visto afectado por el caso y que ni tampoco se ha justificado que haya sufrido daños materiales y profesionales, tal como él ha expuesto durante el juicio. «No se sabe si la vida se le ha cambiado para mejor», ha manifestado.

Abogado de Florit

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El abogado de Florit, José Zaforteza, ha dicho que, reconociendo que los tres primeros autos de Florit para ordenar las diligencias tienen «un déficit de motivación», no hay ninguna sentencia que exprese que por esto, la falta de motivación, se haya cometido prevaricación. Así, ha admitido que la decisión «pudo ser equivocada pero no prevaricadora por ser contraria a derecho».

Además, ha dicho que el derecho del secreto profesional «no es absoluto» ya que en ocasiones puede «ceder frente al derecho al honor o a la intimidad». «¿Por qué debe prevalecer frente a otros derechos?», ha planteado Zaforteza.

Declaraciones de Florit

En su declaración como acusado, Florit --que se jubiló de manera anticipada, tras la puesta en marcha de este caso-- ha dicho que pensaba que «era más importante averiguar el delito, que el derecho profesional de los periodistas» en cuanto a que sus fuentes «no eran tan secretas» puesto que «los mismos periodistas ya decían en sus publicaciones que lo conocían a través de fuentes policiales».

El fiscal Anticorrupción Juan Carrau, que ha declarado como testigo también este jueves, ha señalado que, tras la incautación de los dispositivos móviles, Florit, que fue quien dio la orden, le dijo: «Estoy muy presionado, voy a devolver los teléfonos».

Por su lado, Mestre ha explicado que cuando la Policía le requirió su dispositivo móvil no vio una alternativa a entregarlo pues los agentes tenían una orden judicial: «¿Cuál era la alternativa, ser acusado de un delito de desobediencia, tirarme al suelo?».

Por otro lado, Pou ha explicado que la Policía accedió a su móvil durante el registro a Europa Press. Ha señalado también que antes de que le requisaran sus efectivos en papel pidió hablar con la asesoría jurídica de su empresa pero los agentes policiales se lo impidieron. «Tú no tienes que hablar nada, esto es la ley», le dijeron, ha explicado la redactora antes de decir que le insistieron con que tenían una orden judicial.

Derecho profesional

Ante esto, Pou les dijo a los agentes que, si actuaban de esa manera, su secreto profesional «quedaba en papel mojado» y estos le respondieron que «aquí se investiga un delito y con lo cual tu secreto profesional pasa a un segundo plano».

Cabe recordar que la documentación aportada al TSJIB, después de la presentación de la querella contra Florit reveló que éste también había ordenado, antes de la incautación, obtener los listados de llamadas y posicionamientos de los móviles de Mestre, Pou, una periodista de 'EFE' y los teléfonos fijos de la sede de las dos agencias de noticias en Palma.
Estas medidas fueron dictadas por Florit a instancias de la Policía y avaladas por el fiscal Anticorrupción Juan Carrau. Por su lado, la agencia de comunicación 'EFE', como acusación particular, y la Asociación de Medios de la Información (AMI), como acusación popular, se adhirieron a la querella y, en consonancia, piden también 42 años de inhabilitación.

De esta manera, el juicio por el 'caso Móviles' ha quedado este jueves, 27 de febrero de 2020 a las 20.50 horas, visto para sentencia, después de más de 11 horas de vista oral.