TW
0

El titular del Juzgado de lo Penal número 9 de Málaga, que juzgará el caso por la muerte de Julen, el niño de dos años que cayó el pasado mes de enero en un pozo en la localidad malagueña de Totalán, ha rechazado que se practiquen en el juicio varios careos solicitados por la defensa, por ejemplo entre el acusado y el padre del pequeño.

Así consta en un auto dictado por el magistrado, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que se señalan las diligencias admitidas y las que no de cara al juicio al dueño de la finca donde está el pozo en el que cayó el pequeño, David Serrano, por un delito de homicidio por imprudencia, que está previsto que comience el 21 de enero del próximo año.

En esta resolución, el juez descarta los tres careos solicitados desde el principio del caso por la defensa de Serrano, uno entre el padre del niño y el acusado, otro entre el procesado y el hombre encargado de hacer el pozo y el último entre este y otra persona, al «no considerar pertinente ni necesaria dicha diligencia de prueba».

Igualmente rechaza requerir al que realizó el pozo el plan de seguridad y salud «por no tener relación alguna con el objeto del presente juicio"; mientras que acepta el resto de pruebas solicitadas por esta parte, así como por las acusaciones que ejercen la Fiscalía y los padres del pequeño.

Este juzgado ha fijado el señalamiento del juicio --previsto del 21 al 24 de enero de 2020 y los días 28 y 30 del mismo mes--, apuntando en otra resolución a un carácter «prioritario al tratarse de una causa preferente por la naturaleza de los hechos enjuiciados».

Igualmente, se apunta que, como recoge la legislación y en consonancia con el protocolo que existe entre la Fiscalía y el Colegio de Abogados, «en caso de ser intención de la defensa alcanzar una posible conformidad con la acusación» antes del juicio o al inicio de la vista, lo ponga en conocimiento del juzgado «con la mayor antelación posible», por si hay que poner nueva fecha «más próxima» o desconvocarla por dictarse una sentencia de conformidad.

Noticias relacionadas

Al respecto, el abogado del acusado, Antonio Flores, ha indicado a Europa Press que esa posibilidad de acuerdo de conformidad «se ha planteado», pero que todavía no hay nada cerrado y ni hablado con todas las partes.

El dueño de la finca donde está el pozo en el que cayó el pequeño está acusado por un delito de homicidio por imprudencia grave por el que la Fiscalía solicita que se le imponga una pena de tres años de prisión y la acusación particular, en representación de los padres del niño, pide tres años y medio de cárcel.

El Juzgado de Instrucción número 9 de Málaga abrió el mes pasado juicio oral contra el procesado y le impuso el pago de una fianza civil para asegurar las responsabilidades pecuniarias de 885.300 euros, teniendo en cuenta el coste de las tareas de rescate llevadas a cabo.

El fiscal, en su escrito de acusación provisional, incide en que el procesado «no había señalizado ni advertido» de la presencia de la prospección e insiste en que «era el único conocedor» de la existencia del pozo por el que cayó el pequeño, añadiendo que «los demás desconocían» la presencia del mismo ya que «apenas se veía».

La acusación de los padres también achacó al acusado una «negligencia» que es «extremadamente grave» y una conducta omisiva, al prescindir de la observancia de cualquier medida de seguridad, debiendo tenerse en cuenta tanto «la gravedad de la acción del acusado» como el resultado; así como su conducta, en la que entiende que existen «multitud de infracciones normativas».

Por su parte, la defensa del acusado señalan que no se sostiene la acusación por homicidio por imprudencia grave contra su cliente, insistiendo en la «imposibilidad de haber previsto el riesgo» de que el niño cayera y en que avisó varias veces de la existencia de pozos.