Ha sido el marido el que ha aportado grabaciones en las que se podía oír a la madre dirigirse a las niñas llamándolas «malas hijas, malas personas, asquerosas, hijas de puta y malos bichos». | Pixabay

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El Juzgado de lo Penal 1 de Palencia ha condenado a una mujer a tres años y medio de prisión por maltrato habitual en el ámbito familiar cometido contra sus hijas, de 5 y 7 años, a las que se dirigía con insultos y expresiones como «ojalá encontréis un hombre que os joda la vida».

El Juzgado la considera responsable de dos delitos de maltrato habitual en el ámbito familiar y la condena a 21 meses de prisión por cada uno de los delitos, la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de las niñas durante tres años y a pagar una indemnización de mil euros a cada una de ellas por daños morales, según la sentencia que ha adelantado Diario Palentino y a la que ha tenido acceso Efe.

La resolución, que puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial, considera probado que la acusada se dirigía a las niñas con expresiones que «menoscababan su integridad psíquica», cuando estaba en casa con ellas y muchas veces en presencia de su marido y padre de las menores, que ha ejercido la acusación particular.

De hecho ha sido el marido el que ha aportado grabaciones en las que se podía oír a la madre dirigirse a las niñas llamándolas «malas hijas, malas personas, asquerosas, hijas de puta y malos bichos», y afirmaciones como «me da asco oíros, es que no os considero ni mis hijas».

Las grabaciones también recogen expresiones como «la vida os va a devolver mierda cuando seáis mayores; ojalá que tengáis la peor vida que podáis tener; ojalá encontréis un hombre que os joda la vida; no os dais cuenta de que no quiero ir a ningún lado con vosotras», entre otras.

La sentencia considera probado que estos hechos son constitutivos de dos delitos de maltrato habitual en el ámbito familiar y que la madre es responsable de ellos, tanto por su declaración como por la prueba documental y pericial practicada en el juicio.

Durante la vista, la acusada reconoció los hechos, las expresiones proferidas dirigidas a sus hijas y que constan grabadas en el lápiz de memoria incorporado a los autos y aportado por el padre que las había grabado desde el verano de 2018 cuando llegaba de trabajar, en distintas horas y momentos del día «porque tenía mucho miedo de que no le creyera nadie», como sostuvo en el juicio.

«Grababa cuando llegaba por las tardes. Esto empezaba por lo que fuera. Porque sí. De cualquier modo. Empezaba una discusión entre ellas (madre-hija mayor). Cualquier comportamiento de la hija motivaba eso. Desde 2017 fue una escalada, una progresión de insultos», declaró el padre.

La sentencia considera «evidente que estas expresiones injuriosas, humillantes reiteradas en horas diferentes de un día y en días diferentes y sucesivos constituyen un ambiente y a una atmósfera familiar de tensión, hostil, humillación, dominación y, en definitiva, de anulación de la persona».

Concluye asimismo que en este caso «concurren todos los elementos del delito de maltrato habitual» y que la conducta de la acusada, con expresiones injuriosas, vejatorias y humillantes, «atenta contra la paz familiar en cuanto convierten el núcleo familiar en un ámbito regido por el miedo y la dominación».

Si bien la absuelve de los delitos de amenazas de los que la acusaba la acusación particular, al considerar que el ánimo de la acusada cuando profería expresiones amenazantes como «os doy una torta» «no era infundir temor o atemorizar a las menores».

Tampoco se considera en este caso necesario desde el punto de vista del interés de las menores imponer la inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad.