La sentencia, que ha sido divulgada por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, le declara culpable de un delito de lesiones, pero le absuelve del homicidio en grado de tentativa que solicitaba la acusación particular, en representación de la víctima.
El fallo considera probado que Alfonso C.B., en la madrugada del 22 de octubre de 2015, apuñaló a su mujer con dos cuchillos de cocina «en reiteradas ocasiones» y, después de que ésta pudiese escapar, la persiguió y le golpeó la cabeza contra un muro.
A pesar de sus heridas, la víctima pudo pedir auxilio a un vecino.
Los magistrados de la sección cuarta de la Audiencia de Pontevedra entienden que no se le puede condenar por intento de homicidio al haber desistido «voluntariamente» de seguir agrediendo a su pareja, como reconocieron todas las partes ante el tribunal.
Además, concluyen que, a la vista de los informes forenses y de las declaraciones de los testigos, se demuestra que el acusado tenía una disminución «moderada» de sus capacidades volitivas, debido a que no había tomado su tratamiento para su patología psiquiátrica.
Junto con la pena de cárcel, la sentencia le impone la prohibición de aproximarse y comunicarse con la víctima, así como la prohibición de entrada y residencia en la localidad de Cangas -en donde residían ambos normalmente- por un tiempo de 7 años, así como la obligación de someterse a un control médico periódico.
4 comentarios
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quasimodo,joan alucino,,por lo que leo sois licenciados en jurisprudencia es que el que sabe saba,,
Mejor no comentar lo que pienso. Que unos jueces solo condenen a esa pena ridícula basándose en que el no quiso seguir intentando matarla es para hacérselo mirar. Vaya m.... de justicia que tenemos, aunque los jueces ponen poco de su parte.
De tres años cumplirá uno, si llega , después saldrå y posiblemente sea la mujer sea otra víctima atacada de nuevo y pase a engrosar las listas de casos parecidos, vaya leyes y vaya jueces que las aplican a la baja cosa que dudo harían si la víctima fuera amigo o familiar directo suyo, vergüenza 0
En serio??? Por insultar al rey te cae una condena mayor... no se le puede condenar por intento de homicidio porque desistió.... pues si no desiste no es intento sino consumación....ah!!! Que tenía que haberla matado.... vaya leyes, vaya jueces, vaya Mier...coles