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Albertina Táboas y Rocío Gondar, las dos acusadas de haber asesinado a Secundino Prego, un anciano de 85 años en el municipio pontevedrés de Poio para quedarse con su herencia, han sido declaradas culpables por unanimidad del jurado popular.

El veredicto, que se ha leído este lunes en la Audiencia de Pontevedra, considera probado que las dos mujeres, entre las 22.15 y las 23.50 horas del 2 de febrero de 2014, «de común acuerdo», asaltaron a la víctima en el camino de acceso a su vivienda, situada en el lugar de Chancelas.

Ambas «golpearon repetidamente» al anciano hasta matarlo con una sartén, su propio bastón y una piedra. Fueron más de 18 golpes, tres de ellos mortales de necesidad, que le provocaron, según el jurado, un «gran sufrimiento».

El jurado basa esta decisión en la confesión de Rocío Gondar, las pruebas encontradas tanto en el lugar de los hechos como en los respectivos domicilios de las dos mujeres, los análisis de ADN que hallaron sangre de la víctima en prendas de ropa de las acusadas o en la llamada que realizaron a los servicios de emergencia fingiendo un robo para encubrir el crimen.

También se considera probado por unanimidad que las dos mujeres, que trabajaban como cuidadoras de la víctima, aprovecharon la oscuridad del camino para atacar de forma «súbita e inesperada» a Secundino Prego quien por su «limitada» edad no pudo defenderse de un modo «efectivo», como así demostraron en la vista oral las forenses que practicaron la autopsia.

Los miembros del jurado concluyen que Albertina Táboas, que había sido nombrada heredera universal cinco días antes del crimen, «planeó» la muerte del anciano para quedarse con sus bienes «ante el temor de que pudiera revocar el testamento» y que ofreció una cantidad de dinero a Rocío, aceptado por ésta, como recompensa para que le ayudara a matarlo.

El jurado sí aprecia la atenuante de confesión en Rocío Gondar, lo que supuso «bastante colaboración» con la investigación de la Guardia Civil «aunque ya había bastantes datos para resolverlo», pero considera que no ha quedado probado que actuara bajo un «miedo insuperable» ni se ha certificado que sufriera trastorno mental alguno antes del crimen.

Tras conocer el veredicto, la Fiscalía ha pedido al tribunal que Albertina Táboas y Rocío Gondar sean condenadas a 20 años de prisión cada una por un delito de asesinato y que indemnicen a los dos hijos de la víctima con 50.000 euros, mientras que la acusación particular eleva dicha solicitud a 25 años de cárcel y 300.000 euros de indemnización.

Por su parte, los abogados de las dos acusadas ya han anunciado que recurrirán la sentencia cuando se emita.

Carlos Quintillán, letrado de Albertina Táboas, ha señalado que el veredicto contra su cliente se sostiene en dos pruebas dudosas, ya que la pieza de ropa hallada en su domicilio con sangre de Secundino no tiene ADN de la mujer y uno de los testigos citados por el jurado tiene una credibilidad «dudosa» al sufrir un trastorno bipolar.

Por su parte, el abogado Juan Carlos Janeiro ha señalado que con respecto a Rocío Gondar «estamos mínimamente satisfechos», pero recurrirán al entender que sus informes psicológicos no se realizaron adecuadamente y no reflejan su trastorno de personalidad.

Considera que es una eximente completa «o al menos una atenuante muy cualificada».