El padre Román (d), único imputado en la causa sobre supuestos abusos sexuales a un menor a su salida del juzgado de Instrucción número 4 donde ha negado ante el juez los hechos que se le atribuyen en el auto de procesamiento y ha asegurado que nunca se exhibió desnudo ante el denunciante, que ahora tiene 25 años. | Efe

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El padre Román M.V.C., el único procesado en el llamado 'caso Romanones' sobre abusos sexuales presuntamente cometidos por sacerdotes en Granada, ha negado haber abusado sexualmente del denunciante de los hechos cuando éste era menor de edad y afirma que nunca se «exhibió desnudo» ante él, por el que sentía «el amor fraterno» de un sacerdote que «acoge» a las personas que acuden a su parroquia.

El Juzgado de Instrucción número 4 de Granada ha acogido este viernes la declaración indagatoria del padre Román como paso previo antes de dar por concluido el sumario y remitir el expediente a la Audiencia Provincial de Granada, que será la encargada de dictar la apertura de juicio oral.

El padre Román ha manifestado su disconformidad con el auto que le procesa por un delito de abuso sexual continuado con prevalimiento, castigado con pena de prisión de cuatro a diez años, y ha sostenido que lo que sentía por el denunciante era «el amor fraterno» de un sacerdote que «acoge» a las personas que acuden a su parroquia.

Así, ha negado que mantuviera habitualmente conversaciones sobre sexualidad de «manera abierta» con el denunciante, salvo algún comentario acerca de alguna noticia concreta, y ha negado igualmente que se haya exhibido desnudo ante él.

«Interés económico»

De hecho, ha señalado que «no da explicación alguna» a la denuncia presentada por el joven, que ahora tiene 25 años, «salvo que haya algún interés económico», ha añadido en el transcurso de la declaración indagatoria, que ha sido abierta a los medios de comunicación, algo que no era habitual antes de la entrada en vigor de la Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Sí ha reconocido el padre Román que el denunciante acudía «ocasionalmente» cuando tenía entre 15 y 16 años a la casa en la urbanización Los Pinillos de Cenes de la Vega (Granada), donde, según el auto de procesamiento dictado por el Juzgado de Instrucción número 4 de Granada, «ocurrieron los hechos más graves y relevantes penalmente».

No obstante, ha matizado que el menor dormía en la «planta de arriba» en la «habitación que quedaba libre» y ha negado que allí se guardara ropa del joven.

Preguntado sobre la carta que el Arzobispado de Granada remitió a la Santa Sede describiendo al grupo de sacerdotes y laicos liderado por el padre Román como «un grupo compacto, hermético», el procesado ha señalado que no ha tenido «noticias exactas» del documento, aunque ha descartado que existieran «tensiones» ni «enfrentamientos» en este sentido.

Esta declaración indagatoria se produce días después de que el titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Granada, el magistrado Antonio Moreno, haya procesado al padre Román por un supuesto delito de abuso sexual continuado con prevalimiento, al considerar que existen indicios racionales de criminalidad en su conducta contra el denunciante de los hechos cuando éste era menor de edad.

En el mismo auto de procesamiento requiere al procesado que preste fianza de 50.000 euros para asegurar las responsabilidades pecuniarias que pudieran declararse en la causa y prorroga por un plazo de seis meses la medida cautelar de alejamiento y prohibición de comunicación respecto de la «víctima».

El magistrado estima corroborados los «iniciales indiciarios hechos» por los que se inició el presente procedimiento, a raíz de la denuncia que el 14 de octubre de 2014 presentó la víctima ante la Fiscalía de Granada exponiendo haber sufrido «continuados o permanentes abusos sexuales por parte de un grupo de sacerdotes incardinados en la Diócesis de Granada», desde el año 2004, cuando tenía 14 años y hasta 2007 cuando ya contaba con 17 años. Actualmente tiene 25 años.

Ralato de hechos incendiarios

Para el magistrado existen indicios de que el padre Román M.V.C., párroco de la Iglesia de San Juan María Vianney, lideraba un grupo de sacerdotes diocesanos y dos seglares, cuando el joven, por aquel entonces menor, comenzó a ir a misa los domingos junto a un amigo.

El padre Román les propuso entonces ayudar como monaguillos y durante ese tiempo comenzaron a acudir a los encuentros que tenían un grupo de sacerdotes para realizar actividades de convivencia y descanso. Ya en 2004, el niño comenzó a pasar mucho tiempo en la Casa Parroquial y también en la vivienda de este grupo de sacerdotes liderado por el procesado, en la urbanización Los Pinillos de Cenes de la Vega, donde finalmente ocurrieron «los hechos más graves y relevantes penalmente».

El padre R.M.V.C. le proponía quedarse a cenar para después quedarse a dormir y ver alguna película, diciéndole que veía en él «una gran vocación para el sacerdocio» y que por ese motivo tenía que compartir con el grupo de sacerdotes su modo de vida. Cuando se quedaba a dormir, según su relato, el religioso le proponía ocupar su cama, estando otras camas libres, y después de que la situación se repitiera en varias ocasiones, comenzaron los supuestos abusos sexuales.

El juez recoge varios episodios sexuales con este sacerdote de protagonista contra el menor, que padeció en consecuencia un gran estado de ansiedad, «llegando a sufrir amenazas verbales en el sentido de que si no vivía la sexualidad con claridad de miras tendría que dejar el grupo».

Toda la sucesión de actos con la víctima, que denunció este supuesto caso de abusos ante el Arzobispado de Granada y posteriormente por carta a la Santa Sede, terminó a finales de mayo o principios de junio de 2007, cuando el joven abandonó el grupo.

Indicios

El juez cita en el auto los diferentes indicios que le han llevado a sostener estos hechos, entre los que destaca en primer lugar la declaración de la víctima, que es considerada «coherente», según se reconoce en el informe pericial psicológico practicado por el Instituto de Medicina Legal de Pamplona.

De igual forma, y según el informe emitido por el Servicio de Análisis de Conducta (SAC) dependiente de la Unidad Central de Inteligencia Criminal del Cuerpo Nacional de Policía, «la declaración de la víctima es altamente compatible con un testimonio honesto».

Mantiene el informe que existe un vínculo muy poderoso entre el joven y el procesado, formado principalmente gracias al poder de influencia de este último, mayor de edad, logrado a lo largo de varios años en los que la edad de la víctima le hacía «especialmente vulnerable y en los que se fueron produciendo comportamientos progresivamente de mayor intensidad física y emocional entre ambos».

En contraposición, el SAC llega a la conclusión de que el testimonio prestado por el procesado en lo relacionado con los hechos delictivos que se investigan, «es altamente compatible con un testimonio deshonesto».

A partir de aquí, añade el magistrado en su auto, el resto de indicios sirven para afianzar lo anteriormente expuesto. Se refiere por ejemplo al examen de los aparatos informáticos y telefónicos intervenidos al grupo de sacerdotes, a una conversación vía email del padre Román con la víctima y al expediente eclesiástico impulsado en este caso.

El pasado septiembre, la Audiencia de Granada declaró prescritos los delitos que se le atribuían a once de las doce personas que fueron inicialmente imputadas, diez sacerdotes y dos laicos, confirmando que la causa sólo debía continuar contra el padre Román M.V.C., considerado el líder del grupo.

Asimismo, la Audiencia Provincial ha determinado recientemente que el grupo de sacerdotes y de laicos liderado por el padre Román no es una «asociación de carácter sectario».