Los dos acusados, en el banquillo. | Alejandro Sepúlveda

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La Magistrada-Presidenta del Tribunal del Jurado de la Audiencia de Baleares ha dictado una sentencia condenatoria para A.C.T. y F.A.R., los dos acusados de haber matado al padre de uno de ellos en Alaró en verano de 2013.

La sentencia les considera autores responsables de un delito de asesinato, con la agravante de parentesco en el caso de A.C.T., hijo de la víctima. Según la sentencia, la pena para A.C.T. es de 17 años y 6 meses de prisión y para F.A.R. de 16 años y 6 meses de prisión. Además, el fallo incluye la prohibición de acercarse a la hermana del fallecido a menos de 500 metros durante 25 y 24 años, respectivamente.

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Ambos condenados deberán indemnizar a la hermana del fallecido en la cantidad de 90.000 euros. También A.C.T. se declara incapaz por indignidad de suceder a su padre fallecido.

Cabe recordar que el Tribunal del Jurado emitió el pasado lunes un veredicto de culpabilidad para los acusados, que confesaron la autoría de los hechos durante el juicio. El Jurado les consideró culpables de un delito de asesinato con alevosía con la agravante de parentesco en el caso de A.C.T., el hijo de la víctima.

Esta sentencia no es firme, contra la misma cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears.