TW
0

La Plataforma 'Justicia para Ruth y José' estudia emprender acciones legales y «fuertes» contra la familia de José Bretón, el padre que fue condenado a 40 años de prisión por asesinar a sus hijos en Córdoba en octubre de 2011, principalmente por «las acusaciones de amenazas a menores» realizadas por algunos miembros de dicha familia contra miembros del colectivo.

En este sentido, desde la plataforma han manifestado a Europa Press que una vez que se celebre el juicio de faltas en próximas fechas llevarán a cabo acciones legales, después de que el Juzgado de Instrucción número 1 de Córdoba ha determinado dejar sin efecto la orden de alejamiento de la familia que había impuesto hace ya más de un año a algunos integrantes del colectivo.

Al respecto, pedirán indemnizaciones por estar vigente durante un año una orden de alejamiento para la que el Juzgado «se basó solo en las declaraciones de la familia y no vio los vídeos» aportados por las partes. Y es que, según defienden, «no hay ningún indicio de delito» en los hechos que denunció la familia de Bretón, con «cosas que nunca han pasado» y donde la plataforma «siempre ha pedido prudencia, que se le guardase respeto a la familia, pero que colaborase con la justicia».

En concreto, el Juzgado de Instrucción número 1 de Córdoba ha determinado dejar sin efecto la orden de alejamiento, decisión que ha recurrido la familia, según el colectivo, todo ello tras el visionado de diversos vídeos facilitados por la defensa y la acusación, que están personados en este procedimiento iniciado en relación con la presunta comisión de hechos delictivos y que, desde ahora, se tramita por la supuesta comisión de faltas, han precisado desde la plataforma.

Fue en noviembre de 2012 cuando el Juzgado de Instrucción número 1 de Córdoba dictó la citada orden de alejamiento de la familia paterna de Ruth y José contra miembros de la Plataforma 'Justicia para Ruth y José', tras las denuncias de la familia paterna por supuestas coacciones.

La medida, ahora anulada, recogía que algunos de los miembros del colectivo que residen cerca de las viviendas de los familiares paternos no se podrán acercar a menos de 50 metros de éstos; mientras que los que no se encontraban en esta situación se les aplicaban 100 metros. Todo ello como medida cautelar hasta se celebrase el correspondiente juicio y se dictase sentencia.

Para dictar esta orden la juez, según manifestaron en su momento a Europa Press desde la plataforma, se apoyó «en una serie de hechos que no están probados, porque no hay prueba alguna sobre ellos y sitúa a personas en lugares donde no han estado en unos días concretos», y eso, según advirtieron, «se va a demostrar».