Miquel Llodrà, durante el juicio por el que ha sido declarado culpable de homicido imprudente. | Alejandro Sepúlveda

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El jurado que estudia el caso del anciano acusado de atropechar intencionadamente a su esposa en Pollença en noviembre de 2010, ha considerado a Miquel Llodrà culpable de homicidio imprudente. Tras escuchar este veredicto, la fiscal pide para él la pena máxima, cuatro años de cárcel, mientras que la defensa del acusado pide una pena de seis meses. Ahora la decisión final está en manos del juez.

Veredicto

Los miembros del jurado han recibido hoy el objeto de veredicto y comenzarán la deliberación después de que el acusado cerrara el juicio clamando de nuevo por su inocencia: «Si yo hubiera sido consciente de lo que hacía, tendría que buscar (la fiscal) un motivo para que yo mate a una persona», afirmó antes de ser interrumpido por su propia defensa.

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Aunque el ministerio público mantiene en lo básico su acusación sí hizo un cambio de fondo. Cuando antes sostenía que Llodrà arrolló el 9 de noviembre de 2010 a su mujer de forma intencionada: «No ha quedado demostrado que quisiera matar a su esposa, pero no fue en absoluto un accidente», aseguró la fiscal.

Intención
El relato de hechos que defiende el ministerio público supone que una vez que se puso al volante del vehículo, Miquel Llodrà tenía la intención de salir de su casa a toda costa. Sabía que su mujer, Anne Wanjiru estaba sentada en el suelo justo delante del coche, y decidió acelerar asumiendo la posibilidad de atropellar a la mujer: «Se harta, es la gota que colma el vaso». Es cierto que un segundo antes de que Llodrà arrancara, la mujer se movió unos centímetros, de forma que se colocó justo entre las dos ruedas, pero antes de ese movimiento, habría sido atropellada de cualquier manera.

Edad
La acusación también destacó que apenas unos minutos antes de que se produjera el atropello mortal, Llodrà fue capaz de frenar el coche a escasos centímetros de la víctima, lo que indica a su juicio que estaba capacitado para conducir. La fiscal introduce otro cambio, que es el que reduce la pena al reconocer que el acusado padecía un leve daño psíquico provocado por su edad (86 años) cuando ocurrieron los hechos.

La defensa, por su parte, insiste en que lo ocurrido es un homicidio imprudente. Basa su versión en lo declarado por los forenses que indicaron que el acusado no era consciente de lo que ocurría cuando arrancó el coche. Además, solicita hasta tres circunstancias atenuantes: por el deterioro psíquico del acusado, porque intentó llevar a su mujer al centro de salud y así paliar el daño y porque colaboró con la justicia al admitir que había arrollado a la mujer y entregar el coche. De esta forma solicita una condena de seis meses de prisión. La defensa también niega que en el momento en el que ocurrieron los hechos formaran pareja el acusado y la víctima.