user Jaime | Hace más de 6 años

No puedes porque eres pobre lo siento

user rosa | Hace más de 6 años

muy buena sr.jaume,jajaja

user Jaume | Hace más de 6 años

Jo tengo un gallinero que lo quiero aser como abitasión turistica. Los turistas aurian de entrar por el corral. Lo podré aser ?

user Alfa 7 | Hace más de 6 años

@ y otra cosa al del moneato, como a los empresarios no les dejen ganar dinero el paro se va a llenar de gente, por que el empresario cierra y se va y el más perjudicado es el trabajador por que los otros se llevan su dinero a otro sitio y luego sin esos impuestos como pagas los miles de parados, que eso yo ya lo he visto y al coletas le daba mucha envidia, Por que en Venezuela salimos de allí todos los touroperadores europeos y ya no hay turismo de ninguna clase, lo pillas,pues eso y se lo que me digo por que lo he vivido

user Alfa 7 | Hace más de 6 años

@ al del moneato, lo ha dicho el coletas un montón de veces, que lo paguen todo los que tengan y si no que se expropie , yo ya pase por eso en Venezuela otra vez no gracias,

user @uno de aquí | Hace más de 6 años

Por cierto, el alquiler de habitaciones en el momento que es bajo en concepto de turístico, deja de estar bajo la normativa del código civil y pasa a estar regulado por la ley de turismo, no es muy complicado entender eso no?

user @uno de aquí | Hace más de 6 años

sacado de documento oficial de la ley, en las modificaciones del artículo 50 dice lo siguiente:3. Solo se pueden presentar nuevas declaraciones responsables de inicio de actividad de comercialización de estancias turísticas en viviendas y, por lo tanto, llevar a cabo una nueva comercialización turística, si estas declaraciones se refieren a viviendas de uso residencial que estén ubicadas en las zonas declaradas aptas de manera expresa siguiendo el procedimiento previsto en el artículo 5 o delimitadas provisionalmente de acuerdo con lo que prevé el artículo 75, ambos de esta ley. La estancia turística se entiende como alquiler habitación y por zonificacion, en Palma no se puede en cualquier vivienda plurifamiliar

user Uno de aqui | Hace más de 6 años

Alquiler habitaciones código civil. Que intenten inventar lo que quieran. No te creas todo lo que leas periódico. Léete documentos oficiales

user @toni | Hace más de 6 años

Por cierto FENÓMENO creo que a ti tampoco te iría mal estudiar un poco más, que veo que mezclas conceptos, comentarios...

user @toni | Hace más de 6 años

Esta ley regula cualquier tipo de arrendamiento turístico, el alquiler de habitaciones no forma parte de la Lau, pero el alquiler de habitaciones a turistas pasa forzosamente por la ley que regula el alquiler turístico, y las habitaciones individuales están prohíbidas hasta para los que tienen licencia