user @toni | Hace más de 5 años

Al final modificaron el borrador, hace una semana uh lo publicó y para el alquiler de habitaciones si se permite dos meses al año a pesar que por zonificacion no se pueda, siempre que sean 2 meses en periodo de meses completos, (no vale sumar 1 mes a base de días/semanas de meses distintos ) y como requisito si tiene que ser la vivienda habitual, airbnb tiene la obligación de enviar los datos a hacienda nacional, así que se darán cuenta enseguida si no cumples lo de los meses y te podrán multar perfectamente, por cierto esto lo han cambiado para no entrar en discrepancias con la UE y que la multa no sea cuestionable en caso de recurrir, el Govern lo tiene todo muy estudiado y partiendo de experiencias de otras ciudades como Berlín sabe cómo tiene que hacer para que en caso de recurrir nada tumbe la nueva ley

user @toni | Hace más de 5 años

la ley fue modificada el pasado verano (ya casi pasado) , por lo que puede ser que no te hayan multado hasta ahora pero este si lo hagan este año, Palma estaba pendiente de zonificacion y ahora acaban de confirmar que las estáncias turísticas en plurifamiliares están prohíbidas, sea habitación o piso entero, airbnb ya ha sido multada por ofertar pisos fuera de la ley por eso sigues viemdo, porque no los dejan de ofertar aunque estén prohibidos, a ellos no les importa la multa con todo el dinero que ganan, a ti no se si te haría in traje, yo que tu me informaria bien y no haría comentarios sobre formas de hacerlo sin antes confirmar con un abogado que estas en lo cierto (cosa que leyendo la ley reformada creo rotundamente que no)

user Toni | Hace más de 5 años

Lo que tú digas ... Llevo alquilando así desde hace 3 años no he recibido ninguna propuesta de sanción ni nada. Yo seguiré igual ganando ????. Mira Airbnb y mira la cantidad de anuncios crees que si multasen a alguien seguirían??? Porque crees que no multan? Porque son benevolentes?

user Antònia | Hace más de 5 años

¿Pero no estaba prohibido ya por la ley autonómica lo de los plurifamiliares?

user @toni | Hace más de 5 años

Alquiler habitaciónes lo regula código civil, si, siempre que no sea alquiler habitación por estancia turística, en ese caso lo regula la ley de turismo

user @toni | Hace más de 5 años

Alquiler habitación código civil siempre que no sea uso turístico en ese caso está bajo la ley de turismo que dice lo siguiente :3. Solo se pueden presentar nuevas declaraciones responsables de inicio de actividad de comercialización de estancias turísticas en viviendas y, por lo tanto, llevar a cabo una nueva comercialización turística, si estas declaraciones se refieren a viviendas de uso residencial que estén ubicadas en las zonas declaradas aptas de manera expresa siguiendo el procedimiento previsto en el artículo 5 o delimitadas provisionalmente de acuerdo con lo que prevé el artículo 75, ambos de esta ley.// por estancias turísticas también se entiende habitación y el artículo 75 habla de la zonificacion y en Palma no está permitido el plurifamiliares cualquier estancia turística. Lo del empadronamiento... si, pero hablaba de Canarias aquí si no puedes por zona creo que tampoco podrás aunque sea tu vivienda habitua

user toni | Hace más de 5 años

alquilar habitaciones lo regula el código civil. Como tu dices lo tuvieron que permitir, es tan difícil empadronarse en una casa... Te empadronas e inscribes por todo que es tu residencia. Nadie ira a mirar si duermes en casa o no. cuanta gente lo hace para inscribir hijos colegios, centros médicos o lo que quieran. Alquiler de habitaciones por código civil y arreglado

user Espere un poc. | Hace más de 5 años

Voltros vos pensau que un inversor o un propietari que ha reformat tot un edifici o un inmoble,,ara baixarà l'alquiler per 450 o 500 euros cada mes. Ja,,,ja el vendrà o el tindrà tancat abans de que li destrossin.

user Xap | Hace más de 5 años

Como duele ver que al final acaban haciendo lo mismo que el PP, la ley Delgado ya no dejaba alquilar pisos a los turistas. Vergonya cavallers, vergonya.

user @jose | Hace más de 5 años

Alquilar habitaciones para uso vacíonal también entra en la prohibición, te piensas que eso no lo han contemplado? De hecho en Canarias también fue así y al final lo permitieron siempre que fuera la residencia habitual del propietario. Por lo que no podrás ofertarlas por plataformas que de dedican a eso a no ser que tengas ganas de que te multen