user emejota | Hace más de 13 años

Pero qué vergüenza, todos estos comentarios!!!! Pero si lo más probable es que los ladrones sean mallorquines.... Y además, las tierras estas, no se olviden que son ellos quienes las han vendido -o sus alcaldes-.

user tomeu | Hace más de 13 años

Me parece que a los propietarios les da igual, no denuncian los hechos, por consiguiente dónde está el delito.

user bubu | Hace más de 13 años

a.qui en andratx los ladrones son españoles,y los que vivimos aqui,y nuestra policia y guardia civil sabemos quienes son.

user TOMEU | Hace más de 13 años

Dejaros de chorradas de derechos y constitucion. La cuestionn es: o se van los 4,5 millones de inmigrantes que nos estan desangrando o nos vamos los españolitos de nuestra querida España, a buscar curro por ejemplo a ¿China? por 3 euros al dia de trabajo en una fabrica de Nike...

user antonio | Hace más de 13 años

Sin entrar en polémicas ni pensamientos filosóficos, la pregunta del millón es ¿si es una urbanización de lujo como se comenta, donde está la seguridad privada? Nada. lo dicho, allí no compro.

user IBERICO | Hace más de 13 años

A la atanción de don Pedro: no sé porque porque mezclas un concepto folosófico; ad person con otro de derecho, iter criminis. Al contrario de lo que tu dices, basta ya incurre en delitoso previstos y sanciodados por el codigo penal español. reivindicando abiertamente discriminar a trabajadores por motivos racistas y, en un foro de debate o casi. de su tono , deja entender que tal discriminación la llevaría acabo abiertamente cometiendo así un claro delito y creando una alarma social contra a grupo de personas determinadas. yo sé que no son dos los que creen igual que el, por eso yo te invito don pedro y te sensibilizo a no estigmatizar extranjeros porque estos estan amparados por la constitución española y las leyes en vigor

user Pedro | Hace más de 13 años

A la atención de IBERICO. Ante todo decirte que si no sabes de derecho mejor no digas nada eso de primeras. Segundas, de nada te sirve citar un art. del código Penal cuando no sabes interpretarlo, eso se le llama en derecho Ad person, es decir se debe aplicar para cada persona en cada caso concreto dependiento de Iter criminis ( camino del delito ) y por cuanto se refiere a otras acciones que deben de darse para que dicho acto delictivo sea llevado a cabo.En el caso que nos ocupa, para nada reviste caracter delictivo los comentarios vertidos por BASTA YA, dado a que el contenido de los mismos, se basan en una mera opinión sin adentrarse ni mucho menos en la figura de apología,racismo, xenofobia u otro, para nada. Cada persona, en el ámbito privado tiene derecho a contratar a quien desee, caso distinto es cuando en empleos públicos hagan discrimación a persona por su raza , religión etc, vulnera art 14 CE. Por cuanto se refiere a empleos privados, ello se refiere al despido de una persona por motivos raciales etc. Cosa muy difícil de demostrar, dado a que un empresario puede despedir a un empleado suyo abonando la correspondiente indemnización. Dicho ello, me parece bien la opinión de BASTA YA. Primero nosotros y luego los de fuera. Si no estás de acuerdo con esto, pues nada, pública tu dirección y dales cobijo y trabajo a estos señores. Un saludo. Y acuérdate que para aplicar un delito a una persona se debe dar acción, típicidad,culpable ,antijurídica, punible, es la conocida Ley imperante teoría del delito. Un saludo .

user IBERICO | Hace más de 13 años

A la intención del señor basta ya, parec que tus conocimiento del codigo penal español son limitados. te estás alardeando de algo sin saber sus consecuencias, normal, es debido a tu ignorancia, nada más; yo te propongo leer este articulo de tal codigo y pensar antes de buscarte la ruina, aunque duda que sea empresario:Artículo 314. (Artículo modificado por la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre) Los que produzcan una grave discriminación en el empleo, público o privado, contra alguna persona por razón de su ideología, religión o creencias, su pertenencia a una etnia, raza o nación, su sexo, orientación sexual, situación familiar, enfermedad o minusvalía, por ostentar la representación legal o sindical de los trabajadores, por el parentesco con otros trabajadores de la empresa o por el uso de alguna de las lenguas oficiales dentro del Estado español, y no restablezcan la situación de igualdad ante la Ley tras requerimiento o sanción administrativa, reparando los daños económicos que se hayan derivado, serán castigados con la pena de prisión de seis meses a dos años o multa de 12 a 24 meses.

user old jack | Hace más de 13 años

no es necesario decir más.Otra vez andraitx

user Toni | Hace más de 13 años

Que pinta ahí la Municipal? Que arregla mirando? nunca lo entenderé.Tendría que ir la G. civil a tomar huellas y mirar de detener a los autores. Muchas veces la Policía local entra a curiosear en robos y lo único que pueden conseguir es alterar las pruebas, adn, etc. En fin.