La Comisión de Ética Judicial ha determinado que no debe usar esa información obtenida fuera del proceso. | Pixabay

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En un juicio de incapacidad laboral un hombre alega que su lesión le limita la capacidad de andar, pero dos horas después, de forma casual, el juez se lo encuentra y lo ve andar con normalidad. La Comisión de Ética Judicial ha determinado que no debe usar esa información obtenida fuera del proceso.

En un dictamen hecho público este jueves por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), la Comisión señala que el juez debe evitar guiarse por información que no haya sido alegada por las partes durante el proceso y subraya en concreto que tiene que evitar buscar información en internet o redes sociales sobre las partes, sus abogados o el objeto del conflicto.

El informe resuelve así la consulta de un juez que se encontró en una situación peculiar: se había celebrado un juicio de incapacidad en el que se aportaron pruebas médicas contradictorias y en el que el sujeto alegaba dificultades para andar y realizar por tanto su trabajo habitual como peón de la construcción, pero poco después coincidió con él en una estación de tren y lo vio andar sin problemas.

Dudaba el juez si podía usar esa información adicional para resolver la controversia o para pedir un reconocimiento forense que no habría solicitado de no haber coincidido en la taquilla de la estación; más allá de su encuentro fortuito, se preguntaba sobre la posibilidad de acudir a internet para recabar datos sobre alguien durante un proceso.

«En el caso de invalidez, imaginemos que es persona que utiliza Twitter u otra herramienta informática que deja 'rastro' de sus actividades diarias y que evidencian que puede andar», apuntaba. La Comisión de Ética considera contrario a los principios y reglas procesales que un juez pueda usar información o pruebas obtenidas «fuera de los cauces procesales oportunos», es decir, que no hayan sido presentadas por las partes durante el juicio.

Un juez, subraya, tiene que ser «extremadamente diligente en la preservación de los principios de independencia e imparcialidad» para no dejarse contaminar.

Alerta así del riesgo de buscar información en internet o en las redes sociales sobre las actores de un proceso o sobre determinados hechos del caso y recalca que el juez debe ser «especialmente diligente y cuidadoso para evitar que la información que pudiera llegarle por esta vía pueda alterar la posición imparcial que debe adoptar en su enjuiciamiento».

A través de internet, advierte, el juez puede acceder a información que no ha sido aportada en el juicio o que le predisponga positiva o negativamente hacia alguna de las partes, lo que puede «sesgar su enjuiciamiento». «No es aconsejable que el juez haga una búsqueda de la verdad material fuera del acervo probatorio», concluye.

Si conoce hechos fuera del juicio que pueden inclinarle a emitir una resolución distinta a la habría dictado de no tener ese conocimiento, la Comisión aconseja valorar la posibilidad de abstenerse y, si no existe causa legal de abstención, indica que se tendrá que prescindir de la información obtenida al margen del proceso.