La asociación de bares y restaurantes presentó un recurso. | Joan Socies

TW
2

El Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears (TSJIB) ha dado la razón a los restauradores y ha anulado la ordenanza de las tasas de terrazas de bares y restaurantes ante la falta de un informe técnico económico que exige la normativa. El juez argumenta que ello es causa suficiente para declarar nulidad de pleno derecho la resolución municipal aprobada por el pleno por vía de urgencia en 2017. La asociación de bares y restaurantes presentó un recurso que ahora ha sido estimado. Además, el tribunal impone las costas al Ajuntament con un límite de 2.000 euros.

La resolución municipal modificaba algunos elementos de la ordenanza de 2012. Con la normativa anterior, el método de cálculo del importe de la tasa era un sistema mixto entre los metros cuadrados ocupados y el número de mesas y sillas instaladas. El nuevo criterio se centraba en los metros cuadrados ocupados, lo que implicaba disparar hasta un 400 % el coste de la tasa. Desde la asociación se defendió la    necesidad de un informe técnico-económico.

El tribunal coincide en que este nuevo criterio supone un cambio sustancial y que aumentaba mucho la tarifas vigentes puesto que «es innegable que la ocupación producida por una mesa y cuatro sillas es superior a un metro cuadrado lo que redunda en un mayor ingreso municipal» .El método de cálculo anula la ordenanza ya que se requiere un informe.