El Camí d’Esporles a Valldemossa está dividido en ocho tramos. Se trata de un camino tradicional de herradura en la mayoría de sus etapas con una amplitud de entre 1,5 y 3 metros de ancho. Aunque es una ruta senderista transitada no se puede completar porque hay barreras. | Redacción Part Forana

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El Ajuntament d’Esporles tendrá que eliminar del inventario de bienes municipales el Camí d’Esporles a Valldemossa que catalogó en el año 2012 tras la aprobación del Catàleg Municipal de Camins Públics. El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) falla a favor de la propiedad de la finca de Son Dameto que llevó al consistorio a los tribunales.

En primera instancia los tribunales habían fallado a favor del ayuntamiento, pero ahora el TSJB da la razón a la denunciante. La alcaldesa Maria Ramon (Més) lamentó ayer el fallo judicial, pero respeta la decisión.

«Hemos de mirar con los juristas si queda alguna vía que nos permita seguir luchando para que el camino sea público. Respetamos la decisión judicial, pero nos sabe mal porque este Ajuntament defiende y apuesta por la conservación, mantenimiento y el disfrute (desde el respeto) de los caminos y las rutas senderistas», dice Ramon.

La alcaldesa explica que «si bien la sentencia habla de otros caminos incluidos en el inventario, nos deja claro que el resto de caminos quedan igual».

Ruta senderista

El Camí d’Esporles a Valldemossa es una reconocida ruta senderista aunque a día de hoy no se puede completar su recorrido. Ya en el año 2012, cuando se aprobó el catálogo municipal, el documento dejaba constancia de la existencia de tres barreras (dos barreras abiertas junto a las casas de Son Dameto y una barrera cerrada llegando al Coll d’en Claret.

Dividida en ocho tramos la vía es en la mayoría de su recorrido un camino de herradura de entre 1,5 y 3 metros de ancho. El camino comunica con el Camí des Comellar des Pollets y el Camí vell des Port de Canonge.

Antes de recurrir a la vía judicial la propiedad de Son Dameto ya había presentado alegaciones al Catàleg Municipal de Camins d’Esporles, pero estas fueron desestimadas.

La propiedad solicitaba dejar sin efecto la aprobación del catálogo en todos los apartados que hicieran referencia a la propiedad o el uso público de caminos incluidos en su finca. Pedía expresamente «que se reconozca la inexistencia del Camí d’Esporles a Valldemossa y que no es un camino público». «El actual interés excursionista sobre los caminos rurales no determina un uso público sino un uso tolerado abusivo sobre el dominio privado», decía en su escrito.

Solicitaba además que el Camí de Son Cabaspre y el Camí vell des Port des Canonge, no fueran incluidos en el inventario de bienes municipales.

Los técnicos consideraron que la documentación incluida en la ficha del catálogo de caminos sobre el Camí d’Esporles a Valldemossa era «suficientemente esclarecedora de la titularidad pública del camino objeto de alegación».