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El juez del juzgado contencioso administrativo número 2 de Palma considera que sigue en vigor la subvención de 23,9 millones de euros concedida por el Govern balear, a través de la Fundació Illesport en diciembre de 2009, para ayudas de fomento deportivo destinadas a los ayuntamientos de la isla, y que fue revocada en una resolución de 2 de noviembre de 2011 por el Govern de José Ramon Bauzá.

En una sentencia reciente el juez ha estimado el recurso contencioso administrativo interpuesto por uno de los ayuntamientos afectados, el Consistorio de Sant Llorenç, y ha anulado esta resolución por la que el director gerente de la Fundació Illesport renunciaba a la aportación de los casi 24 millones de euros de la Conselleria d’Esports. Contra el fallo el Govern puede interponer un recurso de apelación.

Lo hechos se remontan a finales de 2009 cuando el entonces conseller d’Esports, Mateu Cañellas, anunció una inversión de 23,9 millones a través de la Fundació Illesports para mejorar las instalaciones deportivas de la isla. Se creó una linea de ayudas destinadas a los municipios para que pudieran realizar mejoras en sus recintos deportivos. De esta manera varios ayuntamientos optaron a esta convocatoria y presentaron diversos proyectos en base a las necesidades de su municipio.

En noviembre de 2011 el Govern acordó paralizar este programa de financiación de las mejoras de las instalaciones deportivas debido a la delicada «situación económica que vivía Balears», en estos momentos.

Consecuencias

Los municipios afectados, entre otros, Algaida, Santa Margalida, sa Pobla, que ya habían presentado sus proyectos, mostraron su descontento ante esta decisión y algunos se plantearon acudir a los tribunales para reivindicar esta ayuda. Tal fue el caso de Sant Llorenç que interpuso una demanda a finales de 2012 por la que se pedía la anulación de esta resolución por la que se renunciaba a esta ayuda. La justicia, ahora, ha fallado a favor del Ajuntament llorencí, le da la razón, anula esta revocación a la vez que condena al Govern al pago de 1.000 euros en concepto de costas.

Josep Melià, abogado que ha actuado en representación del Ajuntament de Sant Llorenç, comentó que «el fallo no solo se refiere a Sant Llorenç sino que afecta a toda la subvención en su conjunto y habrá que ver si el Govern presenta recurso o en el caso de que la sentencia sea firme cuales serán las consecuencias. De momento el juez ha estimado que la anulación de esta convocatoria de ayudas ha sido incorrecta».

El juez hace referencia a otras sentencias en las que se dictamina que en materia de subvenciones, una vez creadas o convocadas se han de conceder en los términos anunciados. Concluye que la falta de fondos puede dar lugar a la denegación de la subvención a determinadas solicitantes pero una vez concedida no cabe la revocación de la misma.