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El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha condenado al Ayuntamiento de Bunyola a abonar a la empresa propietaria 1.406.037 euros más los intereses legales generados desde junio de 2008 por la expropiación de una zona verde del municipio, la finca conocida como Can Topa.

La sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJIB ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por la empresa Son Garcias y reconoce su derecho a ser indemnizada con dicha cuantía.

La cantidad fijada por el tribunal es superior a los 960.301 euros en los que había sido valorada inicialmente la expropiación de la finca en el año 2010, pero inferior a los 4.779.089 euros que reclamaba la empresa propietaria.

La sala acuerda que la normativa de aplicación para determinar la calificación del terreno expropiado es la Ley del Suelo de 2007, tal como alegaba el Ayuntamiento de Bunyola. La finca, de 2.037 metros cuadrados, tiene la clasificación de suelo urbano y cualificada como zona verde.

La empresa propietaria reclamaba ser indemnizada también por los 511 metros cuadrados del terreno que no formaban parte de la expropiación propiamente dicha pero por cuya situación se convertían en suelo inedificable al quedar aislados.

El tribunal rechaza esta petición porque considera que no se puede compeler a la Administración a expropiar una parte sobrante si el interés público no lo demanda.

Sin embargo la sala acepta lo alegado por la empresa demandante, de que la valoración de la expropiación se fijó señalando que la finca se encontraba en el polígono fiscal número 2 del municipio cuando se encuentra en el número 1, de manera que la edificabilidad se ha computado erróneamente a la baja.

Teniendo en cuenta el coeficiente de edificabilidad correcto, el tribunal ha fijado la cuantía de la indemnización a abonar por el Ayuntamiento de Bunyola en 1.406.307 euros más los intereses legales generados desde 2008 hasta que sea efectivo el pago.