Imagen de la piscina de Pedro J. Ramírez en Son Servera. | Teresa Ayuga

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El Tribunal Supremo dictaminó ayer que la piscina de Pedro J. Ramírez situada en su chalet de la Costa dels Pins es de uso público. La consecuencia directa de la sentencia es que el periodista no puede disfrutar en exclusiva de la instalación durante los meses de julio y agosto, como pretendía, y cederla el resto del año a los escolares de Son Servera.

El Supremo hizo públicas ayer dos sentencias que desestiman los recursos contra el fallo de la Audiencia Nacional del 14 de mayo de 2009, que ya había concluido que la piscina era pública e invadía suelo público.
Pedro J. Ramírez y la Abogacía del Estado -que en tiempos de Zapatero se unió a sus tesis- aspiraba a una cierta privatización de la piscina. Pero el Supremo anula las dos órdenes ministeriales que iban en este sentido: la primera, de mayo de 2005, que suspendía el uso público de la piscina hasta aprobar el proyecto ‘escolar’ del periodista, es decir, que en la práctica ‘privatizaba’ temporalmente la instalación; y la segunda, de julio de 2006, que ratificaba la suspensión del uso público de esta zona costera.

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Pero la sentencia desestima también el recurso del demandante, el dirigente del Lobby per la Independència Jaume Sastre. A través de su abogado, Josep de Luis, pedía la nulidad de la concesión por falta de publicación en el BOE y porque el exministro Jaume Matas la había otorgado en un momento imposible: durante los deslindes de Son Servera. El Supremo responde que Sastre debía de haber impugnado la concesión enseguida que tuvo conocimiento de ella, sin esperar a ser publicada; acepta el segundo argumento, pero recuerda que existe numerosa jurisprudencia en sentido contrario.
El Supremo, de hecho, ratifica la sentencia previa de la Audiencia Nacional, en el sentido de que la instalación es de uso general, público y gratuito

La batalla por la piscina se inició el verano de 2004, cuando Jaume Sastre intentó bañarse, sin éxito, en ella. Desde entonces se han repetido demandas, querellas, recursos y sentencias que aún colean en los tribunales.
La decisión del Supremo anula ahora cualquier pretensión del periodista de reivindicar el uso privado de la piscina.
La sentencia del Supremo no pone punto y final a esta historia. El Ministerio de Medio Ambiente, a través de Demarcación de Costas, tiene la última palabra. En febrero de 2010 procedió al derribo de la piscina de la familia Marañón, situada a pocos metros de la de Ramírez y también construida encima del mar en fecha similar.