Marcha contra la urbanización de Muleta, organizada por un grupo de jóvenes. | Lluc Garcia

TW
3

El informe pericial que fue determinante para que Muleta se considere suelo urbano no tuvo en cuenta uno de los puntos esenciales de la 'ley Company'. La ley da la consideración de suelo urbanos a aquellos terrenos transformados que tengan los servicios básicos que exige el planeamiento «plenamente en funcionamiento y suficientes para los usos a que den servicio».

Sin embargo, en el informe de los peritos que abre la puerta a la urbanización de la zona se omite precisamente este último condicionante que fija la ley. Los peritos dicen que tiene «todos los servicios exigidos y fue legalmente autorizada su construcción al amparo de licencia municipal de obras», pero más adelante el mismo informe reconoce que la red de agua está «deteriorada», que la red de saneamiento está «ligeramente deteriorada» y que el suministro de energía eléctrica está «deteriorada». Por tanto, pese a que los servicios básicos no están «plenamente en funcionamiento» como establece la ley, los peritos consideran que se trata de suelo urbano.