Imagen de cómo la empresa promotora dejó la instalación de algunos servicios. | K. MESTRE

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Balears acaba de sentenciar que la recepción de la urbanización de sa Torre por parte del Ajuntament de Llucmajor se hizo de forma correcta.

Tras casi ocho años de litigio, el tribunal conformado por los magistrados Gabriel Fiol, Fernando Socías y Alicia Esther Ortuño ha resuelto que el Consistorio llucmajorer , representado por el letrado especialista en derecho urbanístico Gabriel Cortés, actuó de forma correcta al cobrar a los vecinos de sa Torre contribuciones para sufragar los gastos derivados de la subsanación de las deficiencias detectadas y la dotación de servicios pendientes, después de que la empresa promotora de la urbanización se declara insolvente y, en consecuencia, procediera a incumplir sus compromisos.

Recurso

De esta manera, el Ajuntament de Llucmajor tuvo que habilitar una partida presupuestaria especial para hacer frente a los casi seis millones euros necesario para dotar a sa Torre de red de alcantarillado y suministro de agua potable, alumbrado público, aceras, etc. Posteriormente, y tras la absoluta imposibilidad de imputar este coste -ni siquiera por la vía penal- a la empresa promotora, el pleno del ajuntament aprobó imponer a los vecinos de sa Torre una serie de cuotas pecuniarias encaminadas a sufragar los mencionados seis millones de euros y proceder así a la recepción de la urbanización.

Ante esta decisión (que conllevó el cambio del sistema de compensación -al no haber podido hacerse efectiva la cesión del 10 por ciento de aprovechamiento medio-, por el de cooperación y, con ello, la imposición de las mencionadas cuotas), la Asociación de Vecinos de la Urbanización sa Torre interpuso un recurso contencioso-administrativo contra el Consistorio.

Según los vecinos, la decisión municipal era contraria a derecho ya que, a su juicio, las contribuciones especiales impuestas por el Ajuntament de Llucmajor para la recepción de la urbanización sa Torre resultaban «excesivas». Sin embargo, en la demanda no llegó a fijarse el importe del supuesto «exceso» que, paradójicamente, era la causa del recurso contencioso-administrativo interpuesto por los residentes.

Paradoja

Asimismo, la asociación vecinal también cuestionaba la imposición de intereses de demora y el recargo de apremio en el cobro de dichas cuotas, al tiempo que reclamaban el retorno del dinero.

El pleno del Ajuntament de Llucmajor ha dado cuenta ante el pleno del fallo judicial favorable a los intereses generales del municipio.