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La promotora urbanística Multicoop que solicitó el 28 de febrero de 2001 licencia para la construcción de 22 viviendas unifamiliares en la montaña de Cala Carbó en Pollença, no podrá finalmente construir las edificaciones y tampoco tendrá derecho a indemnización por ello. El Tribunal Supremo ha fallado a favor del Ajuntament de Pollença que denegó la licencia (una vez vencida la moratoria urbanística municipal de licencias aprobada el 27 de enero de 2000), amparándose en la entrada en vigor de la moratoria urbanística dictada por el Consell Insular de Mallorca.

La promotora solicitaba una indemnización de 2.221.573 euros o bien las preceptivas licencias para ejecutar esta obra al entender que la suspensión de licencias incumplía la ley. La sentencia marca ahora un precedente importante teniendo en cuenta que aún existe otro contencioso pendiente de resolución de un promotor que también trató de construir un unifamiliar en la zona. La sentencia supone además una victoria medioambiental, en opinión del alcalde Joan Cerdà (UM), que explicó que «se puede decir que la moratoria del Consell Insular de Mallorca ha impedido definitivamente la construcción de Cala Carbó».

El Plan Territorial de Mallorca protege actualmente la montaña, que calificó como zona verde privada, trasladando la edificabilidad prevista en la zona al Ullal, ubicada en el puerto de Pollença donde se crea una zona intensiva de construcción. Este cambio todavía genera a día de hoy opiniones contrarias pues son muchos los que defienden también el valor ecológico del Ullal, que llegó a incluirse en el catálogo de zonas húmedas redactado por la Conselleria de Medi Ambient la legislatura pasada.