El Ajuntament de Palma ha anunciado recientemente la posibilidad que tendrán los ciudadanos de autoliquidar a través de internet una amplia gama de tasas y tributos, eliminando así la necesidad de tener que personarse en las oficinas de Cort para efectuar los pagos. Así, todos los trámites se podrán realizar a través de la oficina virtual tributaria de Cort, siendo un dispositivo electrónico y una conexión a internet los únicos requisitos para efectuar las transacciones. De esta forma se puede acceder al portal y liquidar todas las tasas pendientes de forma autónoma.
Primeramente, se debe acceder a la página web del Ayuntamiento y abrir la pestaña marcada como «Gestiones y trámites». Una vez desplegada, se debe ir a la opción de «pagar por internet», la cual redirigirá a un menú con los distintas opciones. En este punto hay que dirigirse al único trámite que se puede gestionar a través del consistorio: «Pago por Internet de autoliquidaciones, tasas, liquidaciones de tributos y de otros conceptos, multas y documentos bancarios». Este link va directamente a la oficina virtual tributaria de Cort.
Una vez dentro, habrá dos opciones a elegir: Pago de de denuncias manuscritas de policía, y el pago de multas (ORA, ACIRE, tránsito y otras sanciones), autoliquidaciones, tasas, liquidaciones y documentos bancarios. En la primera opción, que incluye multas de denuncias de circulación (tributo 068) o las que se han emitido a través de la Ordenanza para el Fomento de la Convivencia Cívica (tributo 083), se deben disponer de los siguientes datos que vendrán en el documento de pago recibido: el tipo de tributo, el número de justificante y el importe. Es importante remarcar que, en caso de tener alguna bonificación, se debe aplicar directamente en el importe e introducirlo ya bonificado, pues no se aplica de forma automática.
En el caso de la segunda opción, los datos del documento de pago se pueden introducir de forma desglosada o completa. En este último paso, tan solo se debe introducir la secuencia completa que se encuentra en el código de barras incluido en el documento. Si se prefiere, por el contrario, introducir los datos de forma desglosada, se debe escribir, de forma separada, la modalidad, la referencia, la identificación y el importe. Todos estos datos deben de estar presentes en el documento recibido.
Cabe resaltar que, tanto para una opción como para la otra, se puede pagar con cualquier tipo de tarjeta de crédito o débito o, en su defecto, a través de la banca electrónica de las entidades colaboradoras.
Una experiencia mejorada
Entre las principales novedades, el nuevo sistema permitirá aplicar bonificaciones a cada operación cuando proceda y, además, posibilitará la inclusión de escrituras de transacciones dentro del mismo trámite 'online'. Asimismo, será necesario que el usuario introduzca el valor catastral del suelo, un dato que puede consultarse en cualquier recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) correspondiente a la propiedad en cuestión.
La web municipal y la oficina virtual tributaria también habilitarán el acceso a la comunicación previa de obras y solicitud de licencias de obra. Los ciudadanos podrán autoliquidar y abonar las tasas e impuestos municipales de estas actuaciones sin necesidad de esperar la recepción de la carta de pago, ya que podrán obtenerla directamente mediante el trámite digital.
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