Vista de la sede del Tribunal Supremo. | Reuters

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El Tribunal Supremo (TS) ha condenado a 135 años de prisión a un hombre que distribuyó en foros de pedofilia fotos y vídeos de una treintena de niños a las que cuidaba en sus casas o a las que daba clases de inglés en un colegio de Madrid.

Los magistrados han ratificado la pena impuesta al ciudadano británico por 8 delitos de elaboración de pornografía infantil con la agravante de reincidencia, 32 delitos de descubrimiento de revelación de secretos y 1 delito contra la integridad moral. En la sentencia, recogida por Europa Press, consta que el hombre -que había sido condenado por un delito de pornografía infantil en Inglaterra en 2016-- comenzó su actividad delictiva en España en agosto de ese mismo año; en concreto, en Zaragoza, donde fue contratado por una familia como 'au pair' y cuidador de dos niñas y un niño.

Según recoge la resolución, el acusado tomó fotografías y vídeos de las dos hermanas desnudas y los distribuyó a terceros. Hizo lo mismo con otros tres menores que cuidó en Madrid durante 2017.

Sobre estos hechos, el tribunal ha recalcado que se trató de un comportamiento «objetivamente degradante y humillante y con entidad suficiente para menoscabar la integridad moral de la víctima convertida en puro instrumento de humillación y cosificación». Al hilo, los magistrados han insistido en que el hecho de «que la menor no sufriera perjuicio por no ser consciente de lo que estaba sucediendo, no resta vileza ni degradación a la acción acometida».

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Un año después, entre enero de 2018 y junio de 2019, el hombre trabajó en un colegio en Madrid, donde, «prevaliéndose de su condición de profesor, y aprovechando que se encontraba solo en clase con los menores, grabó varios vídeos y tomó fotografías a las menores de edad enfocando a las braguitas y en otras ocasiones, poniendo la cámara por debajo de la falda». Además, el tribunal ha considerado acreditado que el acusado puso a disposición de terceros parte de dicho material de pornografía infantil y varios montajes que compuso al distribuirlos en un foro de pedofilia. Así las cosas, el Supremo ha subrayado que el hombre, «además de no contar con la autorización de todos los padres para grabar a sus hijas, nunca contó con ella, ni para grabar su ropa interior, ni para realizar tomas de las menores mostrando sus prendas íntimas y menos aún para utilizar el zoom y para enfocar la cámara por debajo de sus faldas».

«Tampoco estaba autorizado para ceder estas imágenes después a terceros, como así hizo. Todas estas acciones suponen sin ningún género de dudas un menoscabo de la dignidad e intimidad de las menores», han añadido los magistrados.

En la sentencia consta que el hombre, con la finalidad de ocultar sus antecedentes penales y poder trabajar como profesor auxiliar nativo de inglés en dos centros, aportó una copia de un pasaporte de Israel que resultó ser una reproducción falsa.

A su vez, presentó copias de un título oficial de una Universidad de Hertfordshire y de un certificado de docente titulado que también resultaron ser reproducciones falsas. En 41 folios, el Supremo ha desestimado el recurso del acusado, salvo en lo relativo a la condena de 1 año y 9 meses que se le impuso por delito continuado de falsificación de documentación oficial, al considerar que al tratarse de copias podría ser un delito de falsedad de documento privado pero no documentación oficial.