El TS revisará el caso Arandina tras la polémica de la ley del sí es sí | Efe

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El Tribunal Supremo revisará el 29 de noviembre los recursos contra la sentencia del caso Arandina, en la que un exjugador de la Arandina Club de Fútbol resultó absuelto tras ser condenado previamente a 38 años de cárcel y otros dos vieron rebajadas sus penas a 3 y 4 años al ver los jueces abuso sexual y no agresión. Fuentes jurídicas han informado de que la Sala de lo Penal del alto tribunal ha fijado para esa fecha la deliberación y fallo de los recursos presentados contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que modificó notablemente la dictada anteriormente por la Audiencia Provincial de Burgos.

El debate se produce en medio de la polémica abierta por la revisión de condenas por delitos sexuales en aplicación de la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como «ley del sólo sí es sí». De hecho, el Supremo tiene encima de la mesa varios recursos de condenados que piden adecuar a la baja sus penas en base a esta norma, y prevé pronunciarse en menos de un mes sobre alguno de ellos.

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En el caso de la Arandina, el tribunal debe resolver los recursos de dos exjugadores y también el de la Fiscalía, que entiende que el tribunal autonómico no debió aplicar las atenuantes que sirvieron para disminuir de manera sustancial las penas a dos condenados, y pide agravar sus penas. En diciembre de 2019, la Audiencia de Burgos condenó a 38 años de cárcel a cada uno de los tres exjugadores de la Arandina Club de Fútbol -Carlos Cuadrado «Lucho», Víctor Rodríguez «Viti» y Raúl Calvo- por la agresión sexual a una menor el 24 noviembre de 2017. Sin embargo, al revisar la sentencia, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León excluyó totalmente de responsabilidad al más joven, Raúl Calvo, y rebajó la condena a Cuadrado a cuatro años de cárcel y a Rodríguez a tres años al estimar que eran responsables de un delito de abuso sexual y no de agresión.

Lo hizo porque no consideró probada la existencia de intimidación -en ese momento clave para contemplar la agresión sexual- y calificó los hechos de abuso sexual con la atenuante de la cercanía de edad y de madurez de los encausados y la víctima. El debate sobre si se debe aplicar o no esta atenuante será clave en el Supremo.