Pablo Echenique, portavoz de UP en el Congreso. | Efe | MADRID

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El Tribunal Supremo (TS) ha anulado la condena de 80.000 euros que se le impuso al portavoz parlamentario de Podemos, Pablo Echenique, por llamar violador a Manuel López Rodríguez, un joven asesinado en 1985 en un crimen por el que fue condenada como cómplice la que fuera candidata de la formación 'morada' a la Alcaldía de Ávila, Pilar Baeza. En una sentencia, dictada el 13 de octubre, los magistrados han considerado pertinente absolver a Echenique al concluir que las declaraciones que realizó sí estaban amparadas por la libertad de expresión.

En cambio, han acordado confirmar la condena al ex secretario de comunicación de Unidas Podemos Juan Manuel del Olmo aunque le han rebajado la indemnización de 80.000 euros a 10.000 euros por haber vulnerado la memoria del hombre asesinado. Así, la Sala de lo Civil del Alto Tribunal ha anulado parcialmente la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que condenó a ambos dirigentes al pago conjunto de 80.000 euros al hermano de Manuel López Rodríguez por intromisión ilegítima en el honor del fallecido. Según consta en la resolución, los hechos se remontan al 4 de marzo de 2019, cuando Echenique --tras celebrar el consejo de coordinación de Podemos que tenía como asunto principal tratar de la huelga general de mujeres del 8 de marzo-- ofreció una rueda de prensa. Aquel día, en el turno de preguntas, un periodista le preguntó sobre la información publicada en la prensa sobre la candidata de Podemos a la alcaldía de Ávila. "Respecto de la pregunta por Ávila, simplemente remarcar que hablamos de hechos que tuvieron lugar hace 35 años, que se refieren a una mujer que fue violada, y que ayer Pablo Fernández, secretario general y portavoz de Podemos en Castilla y León, explicó la posición del partido a este respecto y es una posición que suscribimos de principio a fin", señaló Echenique. Un día después, Juan Manuel del Olmo publicó un mensaje en la red social Twitter en que el que envió un abrazo a Baeza y subrayó que había sido «víctima de una violación». Su novio entonces disparó al hombre que la violó. Ella fue condenada por complicidad y pagó su deuda con la sociedad", añadió.

LAS DIFERENCIAS ENTRE ECHENIQUE Y DEL OLMO

El Supremo ha concluido que hay diferencias entre las declaraciones de Echenique y las de Del Olmo. Según ha precisado, una es una respuesta a una periodista que «puede ser disculpable» por la «imprecisión propia de la comunicación oral», acentuada, además, por la «inmediatez exigida» en la rueda de prensa. La otra, por su parte, es una «declaración escrita» que pudo ser realizada con «detenimiento y reflexión». Asimismo, el tribunal ha incidido en que Del Olmo no se limitó a mostrar su solidaridad con su compañera de formación política, sino que imputó directamente al asesinado haber violado a Baeza. En este sentido, los magistrados han asegurado que las tesis políticas que pueda defender el dirigente no legitiman su conducta. «No puede confundirse la lucha contra la violencia de género, plenamente legítima, con la acusación pública y directa a la víctima de un asesinato de ser el culpable de una violación respecto de cuya realidad no existe prueba», ha subrayado el tribunal.

Así las cosas, la Sala ha considerado que la ponderación entre la libertad de expresión de Del Olmo y la memoria del fallecido «debe arrojar un resultado diferente». A su juicio, «la imputación directa al fallecido de haber cometido una violación no estaba justificada por el ejercicio legítimo de la libertad de expresión».

FISCALÍA APOYÓ EL RECURSO DE AMBOS

En su recurso, Echenique y Del Olmo alegaron que con su condena se había vulnerado el convenio para la protección de los derechos humanos y libertades fundamentales. Aseguraron que en la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid se realizó una «inadecuada» ponderación en el conflicto entre el derecho a recibir información veraz y el derecho a la memoria del difunto. El Ministerio Público consideró pertinente que se estimaran los recursos porque, a su juicio, no hubo vulneración del derecho al honor. La fiscal, al argumentar su decisión, subrayó que --tal y como apunta la sentencia recurrida-- «hubiera sido más ajustado a la realidad decir que ella afirmó haber sido violada». Pero incidió en que tales manifestaciones se realizaron «claramente» en un «contexto electoral para apoyar a su candidata».

En este sentido, la Fiscalía señaló que aunque no ponían en duda la violación, en sus declaraciones no imputaban el delito a persona alguna ni la identificaban, sino que ponían el foco en la candidata de Podemos como «víctima de una violación». Así las cosas, la fiscal aseguró que no se les podía atribuir el hecho de que la persona a la que hizo referencia pudiese ser identificada por la «amplia información» difundida anteriormente.

LA REACCIÓN DE ECHENIQUE

Este lunes, Echenique a través de su cuenta de Twitter ha reaccionado a la decisión del Alto Tribunal. «Seguro que la absolución definitiva abre los telediarios y ocupa horas de tertulias como ocurrió con las condenas absurdas en primera y segunda instancia. Seguro que sí. Porque lo contrario sería una demostración palmaria de cómo funciona el lawfare», ha señalado. El portavoz parlamentario de Unidas Podemos no se ha pronunciado sobre el fallo vinculado a su excompañero de partido.