El Tribunal General de la Unión Europea retiró este viernes la inmunidad parlamentaria al expresidente catalán Carles Puigdemont.

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha levantado las medidas provisionales que suspendían la inmunidad europarlamentaria del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y de sus exconsellers Toni Comín y Clara Ponsatí, los tres con escaño como eurodiputados por Junts (JxCAT).

En un auto dictado este viernes, el tribunal con sede en Luxemburgo revoca las cautelares que aceptó en junio y que paralizaron de manera temporal la suspensión de la inmunidad adoptada por la Eurocámara, a la espera de conocer las alegaciones del Parlamento Europeo y antes de dictar un auto definitivo.

Con este auto, el TJUE desestima las medidas cautelares pero todavía dictará sentencia sobre el fondo de la cuestión, sin que la decisión sobre las medidas provisionales prejuzgue el resultado de la acción principal.

Frente a las alegaciones de Puigdemont y los exconsellers para suspender el levantamiento de las inmunidades, el TJUE considera que no están justificadas las medidas de urgencia, que la retirada de la inmunidad no afecta a sus desplazamientos como parlamentarios y tampoco queda queda acreditado que puedan ser detenidos de forma inminente.

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La Justicia europea señala que el requisito de urgencia no se da, como defendían los políticos independentistas, y defiende que sólo cabe tomar en consideración «los efectos objetivos de las decisiones» del Parlamento Europeo y no la interpretación de las decisiones que hacen los políticos independentistas, «que resulta más lesiva para sus derechos».

Tampoco percibe que la retirada de la inmunidad afecte a sus desplazamientos como eurodiputados, en concreto a los viajes hasta la sede de Estrasburgo, en Francia. «Pueden desplazarse para asistir a las reuniones del Parlamento y no pueden invocar válidamente, para acreditar la existencia de un perjuicio grave e irreparable, un supuesto riesgo de ser detenidos, concretamente en Francia», ha indicado el auto.

Por último, el TUE considera que el expresidente catalán y los exconsellers no han demostrado que pudieran ser objeto de una «detención inminente», al tener que concurrir distintos factores. En primer lugar, su entrega a las autoridades españoles y su posible detención no está demostrada en un grado de posibilidad suficiente, dado que el proceso judicial abierto en Bélgica para estudiar su entrega se encuentra suspendido a la espera de un fallo del TUE sobre una cuestión prejudicial sobre la extradición de Lluis Puig, que fue rechaza por la justicia belga el pasado enero.

«Mientras el Tribunal de Justicia no se pronuncie en el asunto prejudicial de Puig nada permite considerar que las autoridades judiciales belgas puedan ejecutar las órdenes de detención europeas dictadas contra los diputados y entregarlos a las autoridades españolas», ha subrayado el auto.

En todo caso, el TUE recuerda que esta decisión se limita a las medidas temporales y que los eurodiputados pueden interponer una nueva demanda si el perjuicio alegado resultara suficientemente probable. El tribunal menciona en concreto el caso de que fueran detenidos o se llevara a cabo alguna actuación dirigida a entregarlos a las autoridades españolas.